Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota

C/ STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ

Rol

O-251-2024

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 4 de noviembre de 2022, en el kilómetro 163 de la Ruta 5 Norte, comuna de Papudo, funcionarios de Carabineros se encontraban realizando controles vehiculares y solicitan la detención del vehículo placa patente única RDCF-21, marca MG, modelo 5, el que se detiene y que era conducido por el acusado STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ, quien era acompañado como copiloto por el acusado KEVIN SCOTT ORTÚZAR GODOY. Al solicitar la documentación al conductor los funcionarios de Carabineros sintieron un fuerte olor a marihuana y al aproximarse el can adiestrado para buscar la droga, MONTECINOS GONZÁLEZ, reinicia la marcha y huye del lugar por la misma Ruta 5 Norte con dirección al sur, siendo seguidos a corta distancia por los funcionarios en carros policiales, al llegar al kilómetro 71,2 de la misma Ruta, uno de los acusados desde una de las ventanas del móvil RDCF-21, lanza un paquete de plástico transparente con 498,1 gramos netos de sumidades floridas de cannabis sativa, droga que era transportada por ambos acusado previamente concertados. Finalmente los acusados son aprehendidos en el kilómetro 68 de la Ruta 5 Norte comuna de Llay Llay.” Código: SLVNXTLGYZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley 20.000, ilícito que se encuentra en grado consumado. Según el Ministerio Público a los acusados ORTÚZAR GODOY y MONTECINOS GONZÁLEZ, les ha correspondido, según el artículo 15 N° 1 del Código Penal, una participación en calidad de autores en el delito de tráfico de drogas, toda vez que tomaron parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa, al acusado ORTÚZAR GODOY, le beneficia la atenuante de irreprochable con

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, integrada por los jueces titulares Genoveva Matteucci Vega, quien presidió la audiencia, Lino Godoy Órdenes y Carolina Encalada Passalacqua, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC N°2201093365- 3, RIT N°251-2024, seguida en contra de STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ, cédula de identidad 20.791.904-7, nacido en Santiago el 30 de mayo de 2002, 22 años, soltero, sin apodo, enseñanza básica completa, comerciante, domiciliado en pasaje 2, Nº 6690, población Yungay La Granja, Región Metropolitana y KEVIN SCOTT ORTÚZAR GODOY, cédula nacional de identidad N° 20.615.839-5, nacido en Santiago el 26 de septiembre de 2001, de 23 años, soltero, enseñanza básica completa, operador de grúa orquilla, sin apodo, domiciliado en Pasaje 7 N° 6585, Población Yungay, La Granja, Región Metropolitana, forma especial de notificación kevin14ortu@gmail.com, legalmente representados por el abogado defensor privado Francisco Basoalto Cerda, cuyos antecedentes se encuentran registrados en el Tribunal. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado en audiencia por la Fiscal del Ministerio Público, doña María Elsa Salinas, cuyos antecedentes se encuentran registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 4 de noviembre de 2022, en el kilómetro 163 de la Ruta 5 Norte, comuna de Papudo, funcionarios de Carabineros se encontraban realizando controles vehiculares y solicitan la detención del vehículo placa patente única RDCF-21, marca MG, modelo 5, el que se detiene y que era conducido por el acusado STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ, quien era acompañado como copiloto por el acusado KEVIN SCOTT ORTÚZAR GODOY. Al solicitar la documentación al conductor los funcionarios de Carabineros sintieron un fuerte olor a marihuana y al aproximarse el can adiestrado para buscar la droga, MONTECINOS GONZÁLEZ, reinicia la marcha y huye del lugar por la misma Ruta 5 Norte con dirección al sur, siendo seguidos a corta distancia por los funcionarios en carros policiales, al llegar al kilómetro 71,2 de la misma Ruta, uno de los acusados desde una de las ventanas del móvil RDCF-21, lanza un paquete de plástico transparente con 498,1 gramos netos de sumidades floridas de cannabis sativa, droga que era transportada por ambos acusado previamente concertados. Finalmente los acusados son aprehendidos en el kilómetro 68 de la Ruta 5 Norte comuna de Llay Llay.” Código: SLVNXTLGYZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley 20.000, ilícito que se encu

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 26, 29, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1, 3, 45 y 63 de la Ley 20.000; 1, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 19.970 y Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias de los Tribunales de la Reforma Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Se CONDENA a STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ, cedula de identidad N°20.791.904-7, y a KEVIN SCOTT ORTUZAR GODOY, cédula de identidad N° 20.615.839-5, a sufrir, cada uno de ellos la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales en calidad de autores del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, en particular de cannabis sativa, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en los artículos 1º y 3º de la Ley Nº 20.000, cometido en la comuna de La Ligua, el día 4 de noviembre de 2022. II.- Que la pena de multa impuesta deberá ser enterada en arcas fiscales, otorgándose diez cuotas iguales y sucesivas de 1 Unidad Tributaria Mensual, debiendo pagar la primera de ellas a Código: SLVNXTLGYZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pju

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO DE LA LIGUA C/ STEVEENS JOSUE MONTECINOS GONZÁLEZ y KEVIN SCOTT ORTÚZAR GODOY DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, ART. 3 LEY 20.000. RUC N°2201093365-3 RIT Nº251-2024 Quillota, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, ante la Sala del Tribunal de Ju

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