Juzgado de Garantía de La Calera

ALEJANDRA ANDREA PÉREZ PRIETO C/ EDGAR ANTONIO CORTÉS SEPÚLVEDA

Rol

O-1515-2022

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 13 de febrero de 2020 a las 12.00 horas aproximadamente la victima Alejandra Pérez Prieto conducía la motocicleta marca Yamaha FZ YA-0422, placa patente única A- 422, en compañía de su amiga Olga Mancilla Prade, por la pista derecha de circulación de la carretera cinco norte, al llegar al kilómetro 111.050 de la comuna de Nogales, la motocicleta presentó desperfectos por lo que debió detenerse en el lugar con su correspondiente chaleco reflectante, a su vez, se detuvo detrás de la víctima el camión placa patente única KCPH-39, conducido por Pedro Ignacio Galdames Arancibia y su acompañante Luis Olivares Vega, este último descendió con la finalidad de prestar ayuda a Alejandra Olivares Prieto y su amiga. Al lugar, además, llegó la camioneta de la empresa de la concesionaria, descendiendo, entre otras personas, Juan Ignacio Saavedra Salinas y Guillermo Riquelme, este último se posicionó como paletero al principio del desvío con conos, a unos 50 metros desde donde estaba la motocicleta y el camión KCPH-39, por su parte Juan Ignacio Saavedra Salinas, se posicionó delante del camión, indicándole al chofer que siguiera su recorrido, siendo todos, impactados por el camión aljibe placa patente única RP6352, color amarillo, conducido por el acusado Edgar Antonio Cortes Sepulveda, quien, al no estar atento a las condiciones del tránsito, impactó la camioneta de concesionaria, para luego impactar al camión KCPH-39, y por proyección este camión atropelló a Luis Antonio Olivares vega y a Alejandra Pérez Prieto. Producto del impacto las victimas resultaron con las siguientes lesiones: Código: SECPXTBUDVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.- Juan Ignacio Saavedra Salinas, resultó con policontusiones, trauma de tórax con fracturas costales múltiples, contusión pulmonar, fractura columna cervical y lumbar, trauma de cráneo encefálico, fractura de peroné izquierdo con lesión de nervio peroné común, fract

Fallo

se declara: I.- Se condena a EDGAR ANTONIO CORTÉS SEPÚLVEDA, Cédula Identidad 0008973102-K, ya individualizado, a sufrir la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, Código: SECPXTBUDVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de 2 años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES, cometido con fecha 13 de febrero del año 2020, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Iquique, por el término de un año. Se establece como fecha de presentación el día 24 de marzo del año 2025. III.- Se deja constancia además que el sentenciado ha hecho entrega en este acto al Tribunal de su licencia de conducir, original, vencida clase A2-B y D. IV.- Que atendido lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216., se ordena la omisión de la anotación a que diere lugar la presente sentencia de los certificados respectivos. V.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por el hecho de haber renunciado a un juicio, evitan

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco Hechos: El 13 de febrero de 2020 a las 12.00 horas aproximadamente la victima Alejandra Pérez Prieto conducía la motocicleta marca Yamaha FZ YA-0422, placa patente única A- 422, en compañía de su amiga Olga Mancilla Prade, por la pista derecha de circulación de la carretera cinco norte, al llegar al kiló

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