Juzgado de Garantía de Temuco

MP C/ PABLO AGUSTÍN VERA FLORES

Rol

O-8479-2024

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 15 de octubre del año 2024, cerca de las 13 horas, mientras la víctima don Luis Gassitua Tolosa, inspector municipal, a eso de las 13 horas, se encontraba en el Banco Estado, ubicado en Avenida Alemán N° 0753 de la comuna de Temunco, ingresaron tres individuos, los requeridos Pablo Vera Flores, don Carlos Arevalo Quispe y don Gabriel Cabrera Cabrera, los que ubicaban a la víctima, atendiendo a su labor, indicándole que este viejo culiao es un concha de su madre, que siempre nos da jugo en la Plaza Teodoro Schmid, para luego proceder a amenazar a la víctima de manera seria y verosímil, diciéndole que lo iban a matar. Temuco, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal Código: WHUBXTCRLYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 15, 49, 68, 69, 70, 495 N° 1 del Código Pe

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal Código: WHUBXTCRLYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 15, 49, 68, 69, 70, 495 N° 1 del Código Penal 395 y siguiente del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a CARLOS AARON AREVALO QUISPE, ya individualizado, en su calidad de autor de la falta consumada, de falta de respeto a la autoridad, perpetrado en la ciudad de Temuco el 15 de octubre del 2024, a la pena de un tercio (1/3) de unidad tribu

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 8479 - 2024 RUC : 2401249749-7 MATERIA : Falta de respeto a autoridad pública (495 nº 4 código penal) IMPUTADO : CARLOS AARON AREVALO QUISPE CÉDULA DE IDENTIDAD : 23.802.639-3 DOMICILIO : SAN RAFAEL NR. 2546 Labranza., Temuco. ATENUANTES : No Concurre AGRAVANTES : No Concurre RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 15 de octubre del año 2024, cerca de las 1

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica