Juzgado de Garantía de Villa Alemana

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ MIGUEL RODRIGO MUÑOZ DÍAZ

Rol

O-1385-2022

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES ART. 494 N° 5

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía el Fiscal Adjunto del Ministerio Público don Victor Otero Auristondo presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don MIGUEL RODRIGO MUÑOZ DIAZ, cédula de identidad N° 12.719.657-5 representado por el abogado Defensor Penal Público don Sergio Vilca Larrondo por la responsabilidad que le cabe en el siguiente hecho: El día 13 de julio de 2022 alrededor de las 23 horas en circunstancias que el imputado Miguel Muñoz Díaz se encontraba al interior de su domicilio, correspondiente a la residencial ubicada en calle Berlín 1296 Villa Alemana lugar donde arrienda una pieza, se acercó a la víctima Osvaldo Riffo Díaz, quien arrienda otra pieza en el mismo lugar, y lo amenazó grave y seriamente de muerte diciéndole que lo iba a matar, además de empujarlo y agredirlo con golpes de puño en diferentes partes del cuerpo, ocasionándole una lesión puntiforme en dedo mano derecha y erosiones superficiales en antebrazo derecho, de carácter leve según DAU, por lo que la víctima llamo a carabineros. Una vez que personal policial se encontraba en el lugar, el imputado se abalanzo contra la víctima con la intención de agredirlo nuevamente, por lo que fue detenido. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de LESIONES LEVES y AMENAZAS SIMPLES prescrito y sancionado en los artículos 494 N° 5 y 296 N° 3 del Código Penal, donde corresponde al imputado participación en calidad de autor y los delitos se encuentran consumados. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1 7 15 21 25 30 49 50 60 67 69 70 296 N°3 y 494 N°5 d el Código Penal; arts. 47 388 395 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: Código: XRDSXTXSJDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a MIGUEL RODRIGO MUÑOZ DIAZ, cédula de identidad N°12.719.657-5 ya individualizado, a la pena corporal de ses

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1 7 15 21 25 30 49 50 60 67 69 70 296 N°3 y 494 N°5 d el Código Penal; arts. 47 388 395 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: Código: XRDSXTXSJDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a MIGUEL RODRIGO MUÑOZ DIAZ, cédula de identidad N°12.719.657-5 ya individualizado, a la pena corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por delito de AMENAZAS SIMPLES y a una multa de dos tercios de U.T.M. por el delito de LESIONES LEVES, según lo prescrito y sancionado en los artículos 296 N°3 y 494 N°5 del Código Penal los delitos se encuentran consumados y le corresponde al imputado participación en calidad de autor, por los hechos ocurridos el día 13 de julio de 2022 en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería Quilpué, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Villa Alemana a veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía el Fiscal Adjunto del Ministerio Público don Victor Otero Auristondo presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don MIGUEL RODRIGO MUÑOZ DIAZ, cédula de identidad N° 12.719.657-5 representado por el abogado Defensor Penal Público d

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