6º Juzgado Civil de Santiago

MORALES/SCOTIABANK CHILE S. A.

Rol

C-4833-2021

Fecha

13 de septiembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Rebeca Ignacia Morales Peralta, abogada, domiciliada en Estado 215, oficina 1113, comuna de Santiago, en representaci n de ó Roberto Alexis Araya Salas, cajero, domiciliado en calle Los Agustinos N 1605, comuna de Maip e° ú interpone demanda de prescripci n extintiva de deuda, en contra de ó Banco Scotiabank, del giro de su denominaci n, sucesor o continuador legal del Banco del Desarrollo, cuyoó representante legal es su gerente general Francisco Javier Sard n Taboada, abogado,ó ambos domiciliados para estos efectos en calle Morand N 226, comuna de é ° Santiago. Fundamenta su presentaci n, se alando que con fecha 22 de febrero del a oó ñ ñ 2000, su representado celebr un contrato de mutuo hipotecario con el Banco deló Desarrollo, que actualmente es el Banco Scotiabank, por una cantidad de 510 unidades de fomento, en letras de cr dito nominales e iniciales, con un inter s anual del 10%,é é pagaderas mediante 240 dividendos, a partir del 01 de abril del a o 2000, siendo elñ ltimo vencimiento el 01 de marzo de 2020.ú A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contra das mediante elí referido contrato de mutuo, su representado constituy hipoteca de primer grado a favoró del Banco del Desarrollo sobre el inmueble ubicado en calle Los Agustinos N 1605,° comuna de Maip , y que se encuentra inscrito a nombre de mi representado a fs. 27678ú N 28874 correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2000 del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Santiago. í Asimismo, constituy una segunda hipoteca sobre el mismo inmueble, con el finó de garantizarle al Banco del Desarrollo el exacto e ntegro cumplimiento de todas y cadaí una de las obligaciones que tuviera actualmente o en el futuro a favor del Banco; hipotecas que se inscribieron a fs. 23537 N 20303 y a fs. 23538 N 20304,° ° respectivamente, ambas inscritas en el Registro de Hipotecas y Grav menes del a o 2000á ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í RIT« » Foja: 1 Indica

Fundamentos

considerando los dividendos insolutos m s el saldo de capital adeudado, intereses penales,á primas de seguro y costas de la causa, agregando que finalmente con fecha el 19 de agosto de 2004, el tribunal orden decretar el remate de la propiedad. As las cosas yó í luego de que la causa fuese archivada en varias oportunidades, su representado solicit eló abandono del procedimiento, el cual fue declarado por el 17 Juzgado Civil de Santiago,° con fecha 21 de julio de 2015, sentencia que qued ejecutoriada el 28 de agosto deó 2015. Finalmente, sostiene que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 2503 N 2í ° del C digo Civil, la demanda deducida en procedimiento causa Rol C-3727-2004 deló 17 Juzgado Civil de Santiago, no habr a producido la interrupci n de la prescripci n de° í ó ó la deuda contra da con el Banco, de manera que corresponder a calcular el plazo deí í prescripci n desde el d a en que el Banco ejerci el derecho que le confiere la cl usulaó í ó á de aceleraci n del contrato de mutuo al demandar la deuda, esto es el 25 de mayo deó 2004 (fecha de ingreso de demanda ejecutiva), a adiendo que seg n lo dispuesto en elñ ú art culo 98 y 107 de la ley 18.092, la prescripci n de un pagar es dentro del plazo deí ó é un a o contado desde la fecha de vencimiento del mismo, por lo tanto si se cuenta elñ plazo desde la fecha en que el banco ejerci el derecho de demandar la deuda insoluta yó el total de la deuda seg n cl usula de aceleraci n, han transcurrido m s de 16 a os, y siú á ó á ñ RIT« » Foja: 1 el Tribunal cuenta el plazo desde la fecha en que debi vencer la ltima cuota deó ú dividendo, esto es, el 01 de marzo de 2020, han transcurrido m s de un a o,

Fallo

por tantoá ñ en ambos casos se estar a cumpliendo los plazos que la ley exige para reclamar laí prescripci n de la totalidad de la deuda contra da con el Banco.ó í Finalmente, expresa que en virtud de que la obligaci n principal contra da con eló í demandado se encuentra prescrita, consecuencialmente tambi n lo est n todas lasé á obligaciones accesorias que de ella emane, es decir, se encontrar an prescritas las dosí hipotecas y la prohibici n de enajenar y gravar constituidas sobre el inmueble yaó singularizado, por lo que corresponde ordenar al Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago alzar dichas inscripciones. Previas citas legales, y jurisprudenciales, solicita se declare prescrita la deuda contra da por su representado Roberto Araya con el Banco del Desarrollo, actualmenteí Banco Scotiabank, mediante contrato de mutuo hipotecario celebrado con fecha 22 de febrero del a o 2000, y a consecuencia de lo anterior, se declare tambi n prescritas todasñ é las obligaciones accesorias que de ella emane, es decir, las hipotecas inscritas a fs. 23537 N 20303 y a fs. 23538 N 20304, respectivamente, ambas del Registro de Hipotecas y° ° Grav menes del a o 2000 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, y adem s laá ñ í á prohibici n de enajenar y gravar, inscrita a fs. 19523 N 19457 en el Registro deó ° Interdicciones y Prohibiciones de enajenar del a o 2000 del Conservador de Bienesñ Ra ces de Santiago, y se ordene al Conservador de Bienes Ra ces de Santiago alzarí í dichas insc

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4833-2021 CARATULADO : MORALES/SCOTIABANK CHILE S. A. Santiago, trece de Septiembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Rebeca Ignacia Morales Peralta, abogada, domiciliada en Estado 215, oficina 1113, comuna de Santiago, en representaci n de ó Roberto Alexis Araya

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