ROMÁN/FUNDACIÓN ARTURO LÓPEZ PÉREZ
Rol
M-2074-2022
Fecha
23 de septiembre de 2022
Materia
Despido injustificado, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Escritos pendientes: A los escritos presentados por las partes demandante y demandada: téngase por digitalizados sin perjuicio de su oferta en la fase respectiva. Contestación a la demanda: La parte demandada contestó la demanda durante la audiencia única, registro íntegro consta en audios. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación el 70% del recargo legal y el 50% del descuento del seguro de cesantía, ello por la suma de $2.653.000.-. La parte demandante propone la suma de $3.470.000.-. Por su parte, la demandada ofrece la suma de $2.600.000.-. Fija hechos no controvertidos: 1. Existencia de una relación laboral entre las partes, entre el 1 de febrero de 2015 y el 16 de junio del 2022. 2. Que el despido se produjo por la causal del art. 161 inc. 1 del Código del Trabajo. 3. Cumplimiento de las formalidades del despido. 4. Descuento efectuado por aporte del empleador al seguro de cesantía de 1.466.011.- Fija hechos controvertidos: 1. Efectividad de los hechos señalados en la carta de despido. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Comunicación de término de contrato de trabajo de la demandante, de fecha 16 de junio de 2022, junto a comprobante de notificación a la Dirección del Trabajo. 2. Finiquito de contrato de trabajo de la demandante ratificado ante Notario Público, de fecha 16 de junio de 2022. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Copia simple Carta de despido de Hellen Román Cárdenas, de fecha
Fundamentos
Fundamentos íntegros en registro de audio. Confesional: Atendida la incomparecencia del representante de la demandada, la parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal, el Tribunal deja su resolución para sentencia definitiva. Se tenga a la vista: Causal Rol 92.645-2021, sentencia de unificación de jurisprudencia laboral, de fecha tres de agosto de dos mil veintidós. Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva:
Fallo
Por tanto, en virtud de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 161, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 432, 453 y siguientes 496 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por HELLEN ANDREA ROMÁN CÁRDENAS en contra de FUNDACION ARTURO LOPEZ PEREZ II. Que el despido de la demandante fue improcedente, al utilizarse la causal de despido del artículo 161 inc. 1 del Código del Trabajo sin justificación. Producto de lo anterior la demandada FUNDACION ARTURO LOPEZ PEREZ deberá pagar a la demandante las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a. Recargo del 30% de la indemnización por años de servicio, por el monto de $2.742.064.- (Dos millones setecientos cuarenta y dos mil sesenta y cuatro pesos). b. Devolución del descuento efectuado por aporte del empleador al seguro de cesantía por el monto de $1.466.011.- (Un millón cuatrocientos sesenta y seis mil once pesos). III. Que las sumas señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda IV. Que cada parte pagará sus costas V. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia don Guillermo Rodríguez Órdenes, Juez Suplente del Segun
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA SALA VIRTUAL 18 RUC 22-4-0423852-7 RIT M-2074-2022 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS FRANCISCO GUERRERO RETAMALES HORA DE INICIO 10:17 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:11 HORAS
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