Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia

MINISTERIO PÚBLICO C/ ERWIN PATRICIO PEDREROS VALLEJOS

Rol

O-16-2025

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y circunstancias en que funda su acusación son brevemente los siguientes: “En el marco de una investigación por el delito de tráfico ilícito de drogas, se logró constatar que en el interior del domicilio ubicado en calle Beneficencia 291, de la comuna de Valdivia, los imputados Erwin Patricio Pedreros Vallejos, Yohana Alejandra Valdes Mena y Ana Patricia Navarro Valdes, acopiaban y vendían droga en el inmueble que habitaban. El día 22 de Código: DXMLXSZMBFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 enero de 2024 alrededor de las 18.00 horas, funcionarios de la BRIANCO de Valdivia, se trasladaron hasta las afueras del domicilio ubicado en calle Beneficencia 291, de la comuna de Valdivia, ocasión en que observaron a un consumidor de drogas quien concurrió hasta el referido domicilio y adquirió droga. Los funcionarios policiales recabaron la declaración del consumidor quien manifestó haber concurrido al domicilio de beneficencia 291 a comprar una dosis de pasta base de cocaína, la que fue vendida por los imputados. Posteriormente, el día 28 de febrero del 2024 alrededor de las 12:00 horas, nuevamente los funcionarios policiales, se trasladaron hasta las afueras del domicilio ubicado en calle Beneficencia 291, de la comuna de Valdivia y fiscalizaron a un segundo consumidor de drogas quien concurrió hasta dicho domicilio y adquirió (01) un envoltorio de papel blanco cuadriculado con 0,39 gr de cocaína. Luego, el mismo día 28 de febrero del año 2024, alrededor de las 18:00 horas, previa autorización judicial, funcionarios de la BRIANCO ejecutaron una diligencia de entrada y registro en el inmueble de calle Beneficencia 291, de la comuna de Valdivia, en su interior sorprendieron a los imputados Erwin Patricio Pedreros Vallejos, Yohana Alejandra Valdes Mena y Ana Patricia Navarro Valdes, quienes guardaban en el interior del domicilio las siguientes especies: Una (01) bolsa de plástico de color blanco, con

Fundamentos

fundamentos de su valoración: Declaración de Stefania López Santana, funcionaria de la PDI, quien expresó que el 24 de noviembre de 2023 efectuó denuncia ante el Ministerio Público conforme a antecedentes anónimos que expresaban que un sujeto de sexo masculino, contextura gruesa y trenzas, de apellido Montiel, vendía droga en un domicilio interior de Beneficencia y que ocupaba terceras personas para la venta, manteniendo un arma de fuego para su resguardo. Es así que recibió orden de investigar, practicando el 03 de enero de 2024 con el colega Muñoz Cofre diligencias de investigación. Se concurre al sector y verifican la existencia del domicilio, en el cual existían varias construcciones bajo la numeración 291, existiendo al costado una reja de metal y sujetos que podrían ser los que captaban a presuntos compradores. El 22 de enero de 2024 junto a su colega Muñoz efectuaron vigilancia al domicilio por uno 50 minutos, apreciando un alto flujo de sujetos que toman contacto con quienes estaban en el interior y hacían intercambio de objeto y se retiraban. Efectuaron Código: DXMLXSZMBFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7 control de identidad a unos de esos sujetos y constatan que portaban contenedores de droga de algunos gramos, siendo infracciones por un delito de falta. Se recibe testimonio con reserva de identidad, expresando que esa casa era utilizada para la venta de droga por un sujeto de nombre pato, apodado “el rasta” y que las viviendas era usadas para el acopio de droga. El 23 de enero se hace consulta a sistema policial por el tal “pato” encontrándose a un sujeto de nombre Erwin Patricio Pedreros Vallejos, sin antecedentes, pero un arraigo por tráfico de droga. También en Facebook se verificó que mantenía el pelo tipo rasta. El 12 de febrero se efectuó vigilancia con dron, apreciándose al tal pato participando en la venta de droga y 21 sujetos que en distintos momentos fueron a comprar droga. El 28 de febrero otra vigilancia estacionaria, advirtiéndose flujo constante de individuos al lugar, apreciándose el tal pato con otras personas haciendo intercambio de objetos con quienes iban a comprar al lugar. Se controla a uno de aquellos compradores, quien mantenía un envoltorio de 0,39 gramos de droga, tomándose su testimonio con reserva de identidad y se confirma que el tal pato vendía droga y que el domicilio era usado para el acopio de droga. Con aquella información se solicitó entrada y registro al inmueble, autorizándose y que se ejecutó el 28 de febrero de 2024. Con sus dichos se exhibe e incorporan fotografías. En tal sentido, explicó: Set 1) tres fotografías, donde se aprecia casa color azul frontis, obtenida el 03 de enero, se advierte reja metálica negra donde se hacia el intercambio de droga, toldo y dos sujetos que se dedican a interceptar eventuales compradores; fotos de Facebook a nombre del acusado; set 2), fotografías captadas por dron que registra a dos compra

Fallo

por tanto estos deben estar presentes al ejercer el principio de oportunidad, y en particular, en la manifestación de éste que nos interesa: la modificación de la acusación conforme al artículo 407 CPP.” “(…) Viene aquí a colación el subprincipio de “considerar las hipotéticas consecuencias de la incriminación”, que es una expresión más concreta del principio de la necesidad de la pena como límite normativo material del ius puniendi, por el cual, en la incriminación secundaria –al momento de la aplicación de la norma– en disposición del principio de oportunidad, el Ministerio Público no sólo puede renunciar al Código: DXMLXSZMBFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 15 ejercicio de la acción penal cuando las consecuencias de la aplicación de la ley puedan producir más perjuicios que beneficios, sino también morigerar el rigor del marco penal abstracto.” (Manuel Rodríguez Vega: “Discrecionalidad del Ministerio Público y objeto del juicio abreviado”. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. XXXVI (Valparaíso, Chile, 2011, 1er Semestre) [pp. 495 - 529]). Que, en su parte pertinente, la norma cuya aplicación se solicita dispone “(…) Sin perjuicio de lo establecido en los incisos anteriores, si el imputado acepta expresamente los hechos y los antecedentes de la investigación en que se fundare un procedimiento abreviado, el fiscal o el querellante, según sea el caso, podrá solicitar una

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1 Valdivia, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral de Valdivia, integrada por doña Pamela Hernández Machuca como Presidenta de sala, doña Silvana Muñoz Jaramillo y don Germán Olmedo Donoso; se ha celebrado juicio oral en causa RIT 16-2019, RUC 1800663502- 0; respect

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