MUÑOZ/MARÍN
Rol
C-5224-2021
Fecha
13 de septiembre de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece, Paulina de las Mercedes Muñoz Reyes, cédula nacional de identidad N° 15.930.302-0, Ingeniero Civil en Obras Civiles, con domicilio en calle Los Generales N° 581, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, deduciendo demanda de terminación de contrato de arrendamiento, restitución de propiedad arrendada, cobro de las rentas insolutas y demás prestaciones, en contra de Humberto Fernando Marín Díaz, cédula nacional de identidad N°15.110.145-3, Ingeniero Civil Industrial, soltero, domiciliado en Padre Miguel de Olivares N° 1444, departamento N° 1027 de la comuna de Santiago, Región Metropolitana. Expone que con fecha 28 de abril de 2017, celebró contrato de arrendamiento sobre los inmuebles de su propiedad departamento N° 1027, bodega N° 190, estacionamiento N° 189, todos ubicados en Padre Miguel de Olivares N° 1444 de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, cuya inscripción de dominio rola a fojas 87640, número 128504 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En dicho contrato se estableció que la renta de arrendamiento, sería de $470.000.- mensuales, C-5224-2021 reajustable anualmente en la misma proporción de la variación del IPC la que se pagaría por periodo anticipado mediante transferencia bancaria a la cuenta N°0208094123 del Banco Itaú, dentro de los primeros 5 días de cada mes; y su duración se fijó desde el 01 de mayo de 2017 al 30 de abril de 2018, renovables, siempre que ninguna de las partes manifieste su voluntad de poner término al mismo. Continua exponiendo que, con fecha 14 de noviembre de 2019 envió Carta Certificada ante Notario de Aviso de Terminación del Contrato de Arrendamiento, indicando que se ejerció la facultad de poner terminación al contrato de arrendamiento, debido a los reiterados pagos desfasados que resultaron en un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de arriendo, volviendo procedente también la aplicación de la cláusula de terminación ipso facto d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece Paulina de las Mercedes Muñoz Reyes, deduciendo demanda en juicio sumario de término de contrato de arrendamiento, restitución de propiedad arrendada, cobro de las rentas insolutas y demás prestaciones, en contra de Humberto Fernando Marín Díaz, todos ya individualizados, formulando las peticiones y fundamentos descritos en la expositiva, que se dan por reproducidos. En primer otrosí de folio 1 y en subsidio, deduce demanda de desahucio del contrato de arrendamiento. SEGUNDO: Que, teniendo presente que la contingencia sanitaria que afecta al país no debe ser obstáculo para que la judicatura continúe realizando su labor siempre velando por otorgar, a través, del debido proceso el servicio al cual se está llamado constitucionalmente, y siendo así las circunstancias en el presente proceso, se ha velado por el derecho a accionar por parte del demandante y a la defensa por parte de la demandada, lo cual se C-5224-2021 encuentra acreditado con lo obrado por ambas partes en el presente proceso, de lo que se dejó constancia en la audiencia de contestación, conciliación y prueba. Que, asimismo, se hace presente que atendido lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley 18.101, y, en especial, la naturaleza concentrada y sumarísima de la audiencia establecida al efecto respecto de la acción en comento, esto es, de contestación, conciliación y prueba, que las partes demandante y demandada rindieron únicamente como prueba la documental, no pudiendo en un acto o etapa posterior para los efectos de rendir o presentar medios probatorios; todo lo cual indica que el tribunal está en condiciones de seguir adelante con el presente procedimiento. TERCERO: Que, la audiencia de contestación, conciliación y prueba se celebró con la comparecencia de ambas partes. CUARTO: Que para acreditar los fundamentos de su pretensión, la demandante se valió de la siguiente documental: En segundo otrosí de folio 1: a a) Contrato de arrendamiento de fecha 28 de abril de 2017, con firmas autorizadas b) Copia de inscripción de departamento N° 1027, bodega N° 190, estacionamiento N° 189, todos ubicados en Padre Miguel de Olivares N° 1444 de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, cuya inscripción rola a fojas 87640, número 128504 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador C-5224-2021 de Bienes Raíces de Santiago. Emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. c) Carta certificada notariada de aviso de terminación de contrato de arrendamiento por incumplimiento reiterado de las obligaciones pactadas, carta fechada 19 de noviembre de 2019. A folio 14: a) Comprobante deuda concepto energía eléctrica departamento Nº 1027 de Padre Miguel de Olivares N° 1444, comuna de Santiago, deuda ascendente a $184.476.- vencimiento el 23 de agosto de 2021. b) Detalle deuda de gastos comunes del departamento Nº 1027 de Padre Miguel de Olivares N° 1444, comuna de Santiago, deuda ascendente a $295.205.- vencimiento el 10 de sept
Fallo
fallo cause ejecutoria, o en el menor breve plazo, bajo apercibimiento de lanzamiento de todo ocupante de los inmuebles, con el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario; c) Que se condene al demandado al pago total de las obligaciones adeudadas por concepto de renta, más las devengadas durante todo el proceso, más los reajustes, multas e intereses que correspondan, hasta la restitución efectiva del inmueble; d) Que, se condene al demandado al pago total por los gastos comunes adeudados, y los devengados durante el proceso son sus respectivos intereses, hasta la restitución efectiva del inmueble; e) Que, se condene al demandado al pago total por los gastos por consumo de servicios básicos y todo servicio por él contratado, los adeudados y devengados durante todo el proceso, hasta la restitución efectiva del inmueble; f) Que, se condene al demandado al pago total por las multas pactadas en el contrato, tanto las que adeuda como las que se devenguen en el proceso, hasta la restitución efectiva de los inmuebles o el pago total; y g) Se condene en costas al demandado. En primer otrosí de escrito de folio 1, en subsidio, deduce demanda de desahucio del contrato de arrendamiento. A folio 12, consta notificación al demandado Humberto Fernando Marín Díaz de conformidad a lo C-5224-2021 dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil con fecha 10 de agosto de 2021. Además, consta que le se practicó primera reconvención de pago. A folio 16, con fecha 31 de
Texto Completo (Preview)
C-5224-2021 FOJA: 25 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5224-2021 CARATULADO : MU OZ/MAR NÑ Í Santiago, trece de Septiembre de dos mil veintiuno VISTO: A folio 1, comparece, Paulina de las Mercedes Muñoz Reyes, cédula nacional de identidad N° 15.930.302-0, Ingeniero Civil en Obras Civiles, con domicilio en calle Los Generales N° 581, comuna de M
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica