Juzgado de Garantía de Villarrica

MP C/ JUAN PABLO JELDRES URRA

Rol

O-1811-2024

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14, 15, 21, 30, 50, 60, 67 y 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 209 de la Ley de Tránsito; y Ley 18.216; SE RESUELVE: I. Se condena a JUAN PABLO JELDRES URRA, como autor del delito de Conducción de vehículo con licencia de conducir suspendida, sancionado en el artículo 209 de la Ley de Tránsito, en grado de consumado, cometido en la comuna de Villarrica, el día 15 de septiembre de 2024, a las penas de: CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÍNIMO; MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; y suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena sustitutiva de 53 HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo el imputado presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento legal de disponerse su detención. El delegado encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva informará a este tribunal, dentro del plazo de 30 días, contados desde que esta sentencia quede firme o ejecutoriada, el lugar donde se llevará a cabo, el tipo de servicio que prestará el sentenciado y el calendario de su ejecución. Código: GSTSXSSXBXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl III. Servirá de abono al condenado el tiempo que permaneció privado de libertad en esta causa, esto es, el día 15 de septiembre de 2024, en calidad de detenido. Este abono se aplicará a la pena privativa de libertad IV. La multa impuesta, lo es a beneficio de la Ilustre Municipalidad de Villarrica. El pago de la multa

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14, 15, 21, 30, 50, 60, 67 y 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 209 de la Ley de Tránsito; y Ley 18.216; SE RESUELVE: I. Se condena a JUAN PABLO JELDRES URRA, como autor del delito de Conducción de vehículo con licencia de conducir suspendida, sancionado en el artículo 209 de la Ley de Tránsito, en grado de consumado, cometido en la comuna de Villarrica, el día 15 de septiembre de 2024, a las penas de: CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÍNIMO; MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; y suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena sustitutiva de 53 HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo el imputado presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento legal de disponerse su detención. El delegado encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva informará a este tribunal, dentro del plazo de 30 días, contados desde que esta sentencia quede firme o ejecutoriada, el lugar donde se llevará a cabo, el tipo de servicio que prestará el sentenciado y el calendario de su ejecución. Código: GSTSXSSXBXZ Este documento tiene firma electrónica y su original

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Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl FECHA Villarrica, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco RUC 2401104233-K RIT 1811 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JUAN PABLO JELDRES URRA 0018959486-0 Sector Huichahue km 3 Temuco CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSA

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