MAURICIO ENRIQUE GUTIERREZ CORREA C/ LUIS ALBERTO FERNÁNDEZ MIRANDA
Rol
O-2902-2024
Fecha
18 de febrero de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 67, 70 todos estos del Código Penal, artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que SE CONDENA al imputado LUIS ALBERTO FERNÁNDEZ MIRANDA, ya individualizado, a sufrir las siguientes sanciones: a)La pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, la accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal, del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley de Tránsito 18.290, por hechos acaecidos en la comuna de Maule el día 04 de marzo del año 2024. b) Que se autoriza el pago de la multa de 2 unidades tributarias mensuales en 4 cuotas iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una de ellas, pagadera la primera al mes siguiente que el fallo adquiera el carácter de ejecutoriado. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada y si el sentenciado no tiene bienes para satisfacerla, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. Código: XYWMXSVVVUY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl c) Que se decreta la suspensión de la licencia de conducir del sentenciado por el término de 5 años al tratarse de un segundo evento, aquello desde que que la licencia sea puesta a disposición de este Tribunal. d) Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de remisión condicional, quedando sujeto el sentenciado al control administrativo de gendarmería de Chile por el plazo de 1 año, debiendo ademá
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 67, 70 todos estos del Código Penal, artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que SE CONDENA al imputado LUIS ALBERTO FERNÁNDEZ MIRANDA, ya individualizado, a sufrir las siguientes sanciones: a)La pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, la accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal, del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley de Tránsito 18.290, por hechos acaecidos en la comuna de Maule el día 04 de marzo del año 2024. b) Que se autoriza el pago de la multa de 2 unidades tributarias mensuales en 4 cuotas iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una de ellas, pagadera la primera al mes siguiente que el fallo adquiera el carácter de ejecutoriado. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada y si el sentenciado no tiene bienes para satisfacerla, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. Código
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Talca., dieciocho de febrero de dos mil veinticinco Magistrado HECTOR AMERICO CASTRO FIGUEROA Fiscal BARBARA CONTRERAS TOLOZA POR RODRIGO MORENO BRAVO Defensor SEBASTIAN CARRAZANA GALVEZ POR KARINA VALESKA ROMERO GARCÍA Hora inicio 11:03AM Hora termino 11:17AM Sala PRIMERA SALA Audio n° 14 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca A
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