Juzgado de Garantía de La Calera

MMPP C/ HAROLD ALEXIS TAPIA ARAVENA

Rol

O-794-2024

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de marzo de 2024, aproximadamente a las 14:15 horas, el requerido HAROLD ALEXIS TAPIA ARAVENA ingresa escalando el cierre perimetral de la parcela ubicada en Calle Caupolicán Nro. 29, comuna de La Cruz, de propiedad de la víctima MARIO ALBERTO DOMINGUEZ PEREZ, lugar en el que procede a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 25 kilos de paltas Hass, siendo sorprendido por la víctima, quien llama a Carabineros, quienes lo detienen en el interior de dicho lugar. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 7, 11 nº 9, 15 N° 1, 30, 50, 70, 440 y siguientes del Código Penal; artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a HAROLD ALEXIS TAPIA ARAVENA, Cédula Identidad 0013763853-3, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor del delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido con fecha 14 de marzo de 2024, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que la pena corporal se tendrá por cumplida con cargo al tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad por motivo de esta causa. Código: KZEHXSSGHXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad, renunciando a un juicio, evitando los gastos ocasionados con ello. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 794 - 2024 RUC: 2400

Fallo

se declara: I.- Que se condena a HAROLD ALEXIS TAPIA ARAVENA, Cédula Identidad 0013763853-3, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor del delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido con fecha 14 de marzo de 2024, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que la pena corporal se tendrá por cumplida con cargo al tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad por motivo de esta causa. Código: KZEHXSSGHXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad, renunciando a un juicio, evitando los gastos ocasionados con ello. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 794 - 2024 RUC: 2400303086-1 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. HCD. Código: KZEHXSSGHXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-24T11:00:00-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. Hechos: El día 14 de marzo de 2024, aproximadamente a las 14:15 horas, el requerido HAROLD ALEXIS TAPIA ARAVENA ingresa escalando el cierre perimetral de la parcela ubicada en Calle Caupolicán Nro. 29, comuna de La Cruz, de propiedad de la víctima MARIO ALBERTO DOMINGUEZ PEREZ, lugar en el que procede

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