C/ ANA VICTORIA CAMPOS PINTO
Rol
O-3526-2021
Fecha
20 de febrero de 2025
Materia
APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Desde el año 2017 y hasta finales del año 2020 la querelllada Doña Ana Victoria Campos Pinto, quién se desempeñaba como contadora y encargada de recursos humanos de la empresa Maderas Lifewood Limitada ubicada en Puerto Madero 9670, comuna de Pudahuel, en dicho carácter organizaba los pagos tanto de remuneraciones como de cotizaciones previsionales de todos los empleados de la empresa, en este contexto y abusando de la confianza depositada en ella alteraba su valor monto imponible cotizando a su vez un aporte voluntario o APV, sin descontar dichos gastos desde su remuneración, solicitando además créditos personales y leasing en la Caja de Compensación Los Andes, y seguros de vida que pagaba con dineros de la empresa. Procediendo además previo concierto con los imputados Williams Fuentes Urqueta su pareja y sus dos hijos Gianfranco Giordano Campos y Stefania Giordano Campos los incluyo dentro de la planilla de pagos de la empresa sin que estos realizaran función alguna para la empresa, además de pagarles sus cotizaciones previsionales accediendo además a solicitar estos imputados créditos personales y Leasing en la caja de compensación Los Andes. Código: YNUHXSNPVPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Apropiandose la querellada Ana Campos solo por concepto de cotizaciones e imposiciones a través de Previred de la suma de $101.603.854. Y en concierto con los demás imputados de las siguientes sumas: Por concepto de pago imposiciones cotizaciones y pago de créditos a través de Previred con dineros de la empresa sin haber realizado prestación de servicios alguno a la vicitma, don William Fuentes desde septiembre 2019 a noviembre 2020 obtuvo con pagos de dinero de la empresa el pago de la suma de 7.248.064. Por concepto de pago de cotizaciones en cuenta obligatoria y cuenta dos desde febrero de 2019 a marzo de 2020 pagados con dineros de la empresa sin haber realizado prestación de servicios algu
Fundamentos
Considerando lo establecido en los artículos 470 numeral 1, 477 numeral 1 del Código Penal, 3 y siguientes de la ley 18.216; 407 y siguientes del Código Procesal Penal, y demás normas relevantes
Fallo
SE DECLARA: 1- Que se condena a ANA VICTORIA CAMPOS PINTO a 541 dias de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de 15 UTM pagadera en 10 cuotas iguales y sucesivas de 1,5 UTM mensual pagaderas mensualmente desde que esta sentencia este firme; por su calidad de autor en el delito consumado de apropiación indebida establecido en el artículo 470 numeral 1 del Código Penal.. 2- Que se condena a la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es la- suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la Código: YNUHXSNPVPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condena. 3- Que cumpliéndose con los requisitos legales, se aplica la pena sustitutiva de REMISION CONDICIONAL, debiendo la imputada firmar mensualmente en el CRS correspondiente a su comuna durante la duración total de la condena, esto es, 541 días. Siendo la primera condena de la imputada, se concede el beneficio del artículo 38 de la ley 18.216. Oficiece al Registo Civil para que se omita este beneficio con fines laborales. 4- Que no se condena en costas. Se deja constancia de que ambas partes han renunciado a los plazos. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código de Procedimiento Penal, comuníquese y en su momento archívese. Se deja constancia de que las partes han renunciado a los recursos. Dictada por don CLEMENTE WINN VERGARA, Juez Suplente del 3º Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia
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PROCEDIMIE NTO Abreviado (resumen sentencia) FECHA: Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: 1º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CLEMENTE WINN VERGARA RUC: 2110031575-8 RIT: 3526-2021 IMPUTADO: ANA VICTORIA CAMPOS PINTO C.I. 9.674.139-1 DELITO Apropiación Indebida ARTICULO Art. 470 n°1 en relación al 477 n°1 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR GRADO DE DESARROLLO CO
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