12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA

Rol

O-3436-2024

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: " El día 19 de mayo del 2024 a las 22:51 horas aproximadamente el imputado FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA ingresó vía escalamiento del cierre perimetral al colegio ubicado en calle Sofía Eastman de Hunneus N°10195 intersección con calle Benjamín Subercaseaux N°169 de la comuna de La Granja, sustrayendo con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño 08 cajas de plastilinas de diversas marcas; 05 cajas de lápices de diversas marcas; una regla metálica y una parca color gris, todo ello avaluado en $60.000.- pesos, siendo detenido posteriormente por funcionarios de Carabineros en la vía pública mientras se daba a la fuga del lugar por calle Benjamín Subercaseux frente al N°0128 de la Granja, portando las especies antes señaladas. El día 06 de agosto del 2024 a las 00:45 horas aproximadamente el imputado FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA ingresó mediante vía escalamiento de la reja perimetral del colegio ubicado en calle Benjamín Subercaseaux N°169 de la comuna de La Granja, rompiendo además 02 ventanas de las salas de clases, con sustrayendo diversos útiles escolares, los cuales fueron avaluados junto a los daños provocados en $500.000.-, para luego intentar huir del lugar saltando la reja perimetral siendo en ese momento sorprendido por funcionarios de carabineros que habían llegado al sitio del suceso.” Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 15, 18, 21, 24, 26, 50, 68, 69, 432, 442 N°1 del Código Penal y artículos 1, 2, 3, 4, 172, 180, 229, 235, 247, 259, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA, sin costas, a FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA, ya individualizado, a la pena única de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad en calidad de autor directo de dos delitos de

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 15, 18, 21, 24, 26, 50, 68, 69, 432, 442 N°1 del Código Penal y artículos 1, 2, 3, 4, 172, 180, 229, 235, 247, 259, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA, sin costas, a FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA, ya individualizado, a la pena única de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad en calidad de autor directo de dos delitos de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, consumados, cometidos en esta jurisdicción el día 19 de mayo de 2024 y el 06 de agosto de 2024, respectivamente. Código: GLBZXSDJECZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 °Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt N° 1606 – Santiago Fono 229 75 79 50 -Edificio B, Piso 6 II.- Que, conforme a la Ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de remisión condicional, en este caso por el lapso de DOS AÑOS, reconociendo como abonos 182 días. Se renuncia a los plazos legales. Sentencia ejecutoriada. Queda citado para presentarse ante el CRS Santiago Sur el 05 de marzo de 2025. Orden de libertad RIT : 3436 - 2024 RUC : 2400913475-8 Dictada por don MARCELO IGNACIO OVALLE BAZÁN, Juez titular de Décimo Segundo Juzgado de Ga

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12 °Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt N° 1606 – Santiago Fono 229 75 79 50 -Edificio B, Piso 6 RESUMEN: RIT : 3436 - 2024 RUC : 2400913475-8 MATERIA : ROBO EN LUGAR NO HABITADO IMPUTADO : FABIÁN ANDRÉS GONZÁLEZ BECERRA RUT : 14135878-2 DOMICILIO : Antonio Machado n° 1833 depto 13, La Pintana. FISCAL : LUIS BARRAZA ALARCÓN DEFENSOR : JORGE PINO ARAYA ATENUANTE : ARTÍCULO 11 Nº 9 DEL

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