MP C/ MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ DELGADO
Rol
O-2797-2023
Fecha
18 de febrero de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos , N° y N° , , 4, , , , y 4 bis A del Código Penal; artículos 88 y siguientes del Código Procesal Penal y ley 8. , se resuelve: I.- Que, se condena a MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ DELGADO, cédula nacional de identidad N° . . - ya individualizada, en calidad de autora del delito de receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 4 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta Código: ENMPXSUDHMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdicción el día de marzo de , a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de unidad tributaria mensual la que se tendrá por cumplida en atención al día que estuvo privada de libertad en este procedimiento, esto es, el 4 de marzo de . II.- Que, por cumplir la sentenciada los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 8. modificada por la Ley N° . , se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando sujeta al control administrativo y asistencia del Centro de Reinserción Social de Santiago Sur II, correspondiente a su domicilio por el término de UN AÑO, debiendo cumplir además las condiciones establecidas en el artículo ° de la Ley 8. . Para dichos efectos, deberá presentarse en el CRS referido el día de febrero de , dejándose constancia que en el evento de revocación o quebrantamiento, se debe considerar como abono el tiempo de cumplimiento de la misma y ocho días que estuvo privada de libertad en el procedimiento, esto es, de noviembre de , de mayo de 4 y del al 8 de febrero de . III.- Que, de conformidad al artículo 8 de la ley 8. , se ordena oficiar al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que omita la anotación de la presente condena en el certificado de anteceden
Fallo
se resuelve: I.- Que, se condena a MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ DELGADO, cédula nacional de identidad N° . . - ya individualizada, en calidad de autora del delito de receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 4 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta Código: ENMPXSUDHMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdicción el día de marzo de , a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de unidad tributaria mensual la que se tendrá por cumplida en atención al día que estuvo privada de libertad en este procedimiento, esto es, el 4 de marzo de . II.- Que, por cumplir la sentenciada los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 8. modificada por la Ley N° . , se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando sujeta al control administrativo y asistencia del Centro de Reinserción Social de Santiago Sur II, correspondiente a su domicilio por el término de UN AÑO, debiendo cumplir además las condiciones establecidas en el artículo ° de la Ley 8. . Para dichos efectos, deberá presentarse en el CRS referido el día de febrero de , dejándose constancia que en el evento de revocación o quebrantamiento, se debe considerar como abono el tiempo de cumplimiento de la
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciocho de febrero de dos mil veinticinco. Imputado : MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ DELGADO, cédula de identidad N° - , fecha de nacimiento, de septiembre de 8 , se ignora profesión u oficio, con domicilio en Pasaje TORTEL, VILLA PABLO DE ROCKA Nº 8 , comuna de La Pintana. Víctima : CL
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