Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica

LUIS ALEXIS VALDIVIA TORREALBA C/ LILIAN ISAIRA JIMÉNEZ ROJAS

Rol

O-285-2024

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día veintidós de febrero del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Sara del Carmen Pizarro Grandon, quien presidio, Karina Guajardo Pacheco y Gabriel Alejandro Ormeño Valdebenito, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa rol único 2300892542-9, rol interno Nº 285-2024, seguida en contra de Lilian Isaira Jiménez Rojas, cédula de identidad Nº 13.006.230-K, nacida el 12 de mayo de 1976, 48 años, esteticista, casada, domiciliada y apercibida conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal en Comandante Amengual 3490 Arica, representada por la defensora privada María Belén Lema; y contra Gerald Gabriel Zavala Jiménez, cédula de identidad Nº 18.942.841-3, nacido el 16 de agosto de 1994, 30 años, soltero, enfierrador, soltero, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal en Comandante Amengual 3490 Arica, representado por el defensor penal público Bastián Hernández Naranjo. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representada por el fiscal Cristian Echiburu Chau. SEGUNDO: Que el hecho materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, es el siguiente: “El día 17 de agosto de 2023, aproximadamente a las 10:20 horas, la imputada Lilian Isaira Jiménez Rojas, en circunstancias que se encontraba previamente concertada con su hijo, el imputado Gerald Gabriel Zavala Jiménez, para ingresar drogas al recinto penal para su posterior distribución entre los reclusos, concurrió al Centro Penitenciario de Arica, ubicado en la Ruta 5 Norte, kilómetro 2063, Cuesta de Acha sin número, Arica, con la finalidad de ingresar la droga y entregarla al imputado, quien se encontraba privado de libertad en dicho recinto penal en el módulo 03; fue sorprendida portando ocultos al interior de un queso crema, un total de dos envoltorios de nylon transparente contenedores de Cocaína Base, los que arrojaron un peso bruto de 139,00 gramos, un peso neto de 122,80 y un porcentaje de pureza del 31%, equivalentes a 122 dosis avaluadas en la suma de $1.831.200.- al interior del penal; razón por la cual, procedieron a la detención de la imputada, como asimismo a la incautación de la droga.” Los hechos descritos son constitutivos, a juicio de la Fiscalía, del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al 1 de la Ley N°20.000. Se atribuye a los acusados responsabilidad en calidad de autores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 y 15 N° 3 del Código Penal. El Ministerio Público señala que, respecto de la imputada Jiménez Rojas, concurre la circunstancia modificatoria de la responsabilidad penal establecida en el artículo 19 letra h) de la Ley 20.000; y asimismo, respecto del imputado Zavala Jiménez, la circunstancia agravante de responsabilidad penal establecida en el artículo 12 N°. 14, 15 y 16 del Código Penal. Solicita que se cond

Fallo

fallo 266-2023 de la I. Corte de Apelaciones de Arica, considerando décimo. QUINTO: Declaración de los acusados. 1.- Que la acusada Lilian Isaira Jiménez Rojas, en conocimiento de sus derechos y de la acusación dirigida en su contra, manifestó su decisión de prestar declaración en juicio, renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración, señalando, que en la víspera del cumpleaños de su hijo Gerald quien esta privado de libertad, pasado las 12:00 le hablo por WhatsApp, ella lo saludó por su cumpleaños. Su hijo le dijo que tenía un amigo que tenía una encomienda para él por su cumpleaños. Su hijo le preguntó si ella podía llevarles las cosas, ella le responde que no, porque no tenía locomoción y no le gustaba ir para allá, quien habitualmente le llevas cosas a su hijo es su marido (padre del coimputado). Después la manifestó que si él le podía dar dinero para el Uber para que le llevaran las cosas a la cárcel de Acha, si podía hacerlo el jueves en la mañana. Es encomienda era un regalo para su hijo de su amigo Rogelio, él le llevaría la encomienda a su casa. Ella le preguntó a su hijo que cosas le llevaría, le respondió que una torta porque era su cumpleaños y cosas para comer, por eso ella accedió a dejar las cosas, ya que ella no tenía dinero para ir a la cárcel. Al día siguiente, en la tarde Código: RLNWXSLZNLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 ella le habla al WhatsApp a su hijo y le pregu

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1 Arica, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día veintidós de febrero del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Sara del Carmen Pizarro Grandon, quien presidio, Karina Guajardo Pacheco y Gabriel Alejandro Ormeño Valdebenito, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa rol

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