9º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ BRAYAN MARCELO PINO PÉREZ

Rol

O-4233-2024

Fecha

20 de febrero de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “El día 5 de Junio de 2024, alrededor de las 21.55 horas, en circunstancias que funcionarios de Carabineros de Chile, efectuaban patrullaje preventivo en calle Carlos Gardel comuna de Maipú, se percataron de la presencia del vehículo marca Chevrolet, Modelo Sail, placa patente única DRTL.98 de color plateado, que circulaba con sus luces apagadas y a gran velocidad, siguiéndolo, oportunidad en que el móvil impacta un bloque de cemento y un vehículo estacionado en la señalada arteria intersección con calle las Tinajas, descendiendo desde su interior dos sujetos, los que ante la presencia policial huyen, siendo detenido el imputado BRAYAN MARCELO PINO PEREZ. Al consultar el vehículo se estableció que mantenía encargo vigente Nro. 605283 de fecha 5 de Junio de 2024 por el delito de robo en bienes nacionales de uso público en perjuicio de la victima Gustavo Varela Mella, conociendo o no menos que pudiendo conocer su origen ilícito.” Resolución: Primero: Que se condena a BRAYAN MARCELO PINO PEREZ , ya individualizado, como autor del delito de Receptación de Vehículo Motorizado, por hechos del día 5 de Junio de 2024, en la comuna de Maipú, a la pena de:  541 días de presidio menor en su grado medio.  Multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual.  Accesorias legales de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. Segundo: Que la pena pecuniaria regulada en la sentencia se tiene por cumplida, por el día que el imputado estuvo privado de libertad por la presente causa, correspondiente al 06 de junio de 2024, según la formula conversa contenida en el artículo 49° del Código Penal. Tercero: Que la pena corporal impuesta deberá ser cumplida de manera efectiva por el sentenciado, no concurriendo a su respecto los requisitos la ley 18.216. Sin abonos que considerar por ahora. Quinto: Que, se exime al imputado del pago de las costas de la presente causa. En su oportunidad cúmplase con lo

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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: 0 9 00 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Veinte de febrero de dos mil veinticinco. TRIBUNAL: 9° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: CLAUDIA CRISTINA BURGOS SANHUEZA RUC: - RIT: - IMPUTADO: BRAYAN MARCELO PINO PEREZ CI: N° 19. 6. - Hechos (corresponden

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