15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ GIOVANNI FRANCISCO ROJO ÁVILA

Rol

O-3823-2024

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que siendo aproximadamnete las 10:45 horas del 18 de Agosto de 2024, en circunstancias que la víctima de iniciales V.C.H.M. se desplazaba al interior de un bus del Transantiago recorrido N° 216 por la intersección de Avenida Santa Rosa con Avenida Américo Vespucio, comuna de San Ramón, mientras manipulaba su teléfono celular marca IPhone, modelo 13, color rosado, avaluado en la suma de $ 670.000.-, el acusado GIOVANNI FRANCISCO ROJO AVILA actuando por medio de la sorpresa, le sustrajo, con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueña, desde las manos el teléfono, para luego bajarse del bus huyendo del lugar, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros. A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos precedentemente configuran el delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal; encontrándose el ilícito en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor de conformidad a lo establecido en el artículo 15 N° 1 del Código Penal.

Fundamentos

Considerando: Que en consideración a lo expuesto por los intervinientes unido a la aceptación del procedimiento abreviado, lo que ha liberado al Ministerio Público de la obligación de acreditar ante un Tribunal el hecho punible y la participación, se tendrá por establecida la circunstancia atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos del artículo 11 N° 9 del Código Penal. Que, habiéndose establecido la concurrencia de una circunstancia atenuante y ningún agravante y el Ministerio Público pedido una pena inferior en un grado al mínimo legal según lo faculta el artículo 407 del Código Procesal Penal, la pena correspondiente se aplicará rebajada en un grado y ahí en su mínimum. Siempre con la limitación punitiva del artículo 412 del Código Procesal Penal. Resolución: I.- Que se condena a GIOVANNI FRANCISCO ROJO ÁVILA, ya individualizado, por su responsabilidad como autor del delito consumado de robo por sorpresa, perpetrado en la comuna de San Ramón, el 18 de agosto de 2024, en perjuicio de V.C.H.M., a sufrir las siguientes penas: - SESENTA Y UN DÍAS (61) de presidio menor en su grado mínimo. Código: QSWSXSXJECY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - Accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniendo el imputado los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye la pena de presidio por la de remisión condicional, bajo el control de Gendarmería de Chile, por el término de un año. Debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago Sur, ubicado en calle Arturo Prat N° 1.490, comuna de Santiago, a más tardar el 24 de febrero de 2025, en horario de la mañana. Sirviéndole de abono 02 días, esto es, el 18 y 19 de agosto de 2024. III.- Que, no registrando el imputado condenas previas por crimen o simple delito y habiéndose aplicado una pena sustitutiva, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, se dispone la omisión por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación de la presente condena en su extracto de filiación y antecedentes. IV.- Que, se libera del pago de costas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, si no se recurriere. Se tiene presente la renuncia de plazos y por ejecutoriada esta sentencia. Se ordena el alzamiento de las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Dictada por René Alejandro Cerda Espinoza, Juez titular del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: QSWSXSXJECY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-20T23:17:08-0300

Texto Completo (Preview)

RESUMEN: TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago RUC : 2400.967.029-3 RIT : 3823-2024 MATERIA : Robo por sorpresa IMPUTADO : GIOVANNI FRANCISCO ROJO ÁVILA CEDULA DE IDENTIDAD : 15.479.123-K, chileno DOMICILIO : Río Paraná N° 2.054, San Ramón FISCAL : Luis Barraza Alarcón DEFENSOR Privado : Sebastian Arismendi S., C.I.N° 17.658.765-2 CIRC. MODIF. RESP. PENAL : Artículo 11 N° 9 del Código Pen

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