BANCO DE ESTADO DE CHILE/CONTENEDORES Y MODULOS AMERICA SPA
Rol
C-930-2021
Fecha
10 de septiembre de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que a folio 1 comparece el abogado Felipe Andr s Cataldo Moya,é domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, en representaci n convencional del ó BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa aut noma de cr dito del Estado, representado legalmente por suó é Gerente General Ejecutivo, don Juan Cooper lvarez, quien interponeÁ demanda de terminaci n de arrendamiento de bienes muebles por no pagoó de rentas, en contra de CONTENEDORES Y M DULOS AM RICAÓ É SPA, RUT 76.497.335-6, ignora giro, representada legalmente por don Ren Sigisfredo Fuenzalida Susperreguy, ignora profesi n u oficio,é ó domiciliados en Av. Cerro El Altar 3320, Barrio Industrial, Valpara so, y ení contra de don REN SIGISFREDO FUENZALIDA SUSPERREGUYÉ , RUT 6.121.420-8, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Los Saucesó 1203, Quilpu , como fiador y codeudor solidario.é El 9 de agosto de 2021, conforme da cuenta el acta del folio 14, se realiz el comparendo de estilo, se ratific la demanda por la apoderada deó ó la actora, se tuvo por frustrado el llamado a conciliaci n y por contestada laó demanda en rebeld a de los demandados, recibi ndose la causa a prueba ení é la misma audiencia. Por resoluci n de 27 de agosto de 2021, seg n consta en el folio 17,ó ú se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: De la demanda. Que la actora deduce demanda de terminaci n de arrendamiento de bienes muebles por no pago de rentas, enó procedimiento especial del art culo 607 del C digo de Procedimiento Civil,í ó contra CONTENEDORES Y M DULOS AM RICA SPAÓ É , representada legalmente por don Ren Sigisfredo Fuenzalida Susperreguy yé en contra de don REN SIGISFREDO FUENZALIDAÉ SUSPERREGUY, como fiador y codeudor solidario, todos ya individualizados. Fundamentando su demanda, expresa que en escritura p blica de 6ú de febrero de 2020 extendida en la Notar a de Valpara so de don Pabloí í Javier Mart nez Loaiza Repertorio 671-2020, el Banco del Estado de Chileí y la parte demandada CONTENEDORES Y M DULOS AM RICAÓ É SPA, celebraron contrato de arrendamiento del bienes corporales muebles consistentes en: Quince contenedores modelo veinte pies; Ocho contenedores modelo cuarenta st. y Cuarenta y nueve contenedores modelo cuarenta pies HC, con una duraci n de 36 meses, contados desde la fechaó de celebraci n del contrato.ó Indica que en la cl usula vig simo cuarta, don R NE SIGISFREDOá é É FUENZALIDA SUSPERREGUY, se constituy en fiador y codeudor de suó representada, la arrendataria CONTENEDORES Y M DULOSÓ AM RICA SPA.É Refiere que la arrendataria, se oblig al pago de 36 rentas iguales,ó mensuales y sucesivas de $2.695.505, m s Impuesto al Valor Agregado,á pagaderas todos los d as 3 de cada mes a partir del 3 de marzo de 2020.í Afirma que el arrendatario declar conocer las condiciones que estableceó CORFO respecto a la comisi n de uso de la garant a FOGAIN, lo cualó í considera un porcentaje anual aplicado sobre el monto de cobertura aprobado e incluida en el monto de las rentas, a las que CORFO tiene derecho por el otorgamiento de las coberturas FOGAIN en cada operaci nó afecta a ella. Aduce que se pact que el incumplimiento de cualquiera de lasó obligaciones de la parte arrendataria y en especial, la falta de pago oportuno de una cualquiera de las rentas pactadas, facultar a al Banco paraí dar por terminado el contrato, exigir el pago de todas las rentas vencidas y el pago anticipado de todas las rentas pendientes de vencimiento hasta la terminaci n del contrato, toda las cuales se considerar n de plazo vencido.ó á Que si todas las rentas y sus accesorios fuesen pagadas, la parte arrendataria conservar a su derecho a ejercer una de las opciones pactadas en la cl usulaí á decimo sexta, en las condiciones all se aladas, esto es: a) devolver losí ñ bienes; b) celebrar un nuevo contrato de arrendamiento y c) adquirir los bienes arrendados. A ade que se estipul que 5 que cualquier pago que realice la parteñ ó arrendataria con posterioridad a la fecha pactada en el contrato de arrendamiento, dar derecho al arrendador para cobrar el inter s m ximoá é á que la ley permite estipular, sobre el total de la obligaci n insoluta y hastaó la fecha de su pago efectivo. Se ala que la parte demandada no ha pagado las rentas desde 3 deñ marzo de 202, renta N 13.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 1698, 1915 y siguientes del C digo Civil y art culos 144, 160, 170 y 341 yó í 588 siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se hace lugar a la demanda presentada por Banco del Estado de Chile en contra CONTENEDORES Y M DULOSÓ AM RICA SPAÉ , representada por don Ren Sigisfredo Fuenzalidaé Susperreguy, en su calidad de arrendataria y deudora principal y en contra de don REN SIGISFREDO FUENZALIDA SUSPERREGUYÉ , en calidad de fiador y codeudor solidario, s lo en cuanto se declara terminadoó el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes respecto de 15 contenedores modelo veinte pies; 8 contenedores modelo cuarenta st. y 49 contenedores modelo cuarenta pies HC., debiendo la parte demandada restituir a la demandante los referidos bienes dentro del plazo de d cimoé d a, contado desde la notificaci n del presente fallo. í ó II.- Que, la parte demandada deber pagar al actor las rentasá insolutas hasta la fecha de presentaci n de la demanda, esto es,ó desde 03 de marzo de 2021 (renta N 13), monto que al 03 de junio de 2021 asciende a° $10.782.020, correspondiente a 4 rentas, m s I.V.A., m s aquellas que seá á han devengado durante la tramitaci n de este juicio y las que se generenó hasta la entrega efectiva del bien mueble objeto de autos, a raz n deó $2.695.505 m s IVA.,á cuyo monto deber determinarse en la liquidaci ná ó respectiva, y con los intereses moratorios pactados. I
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-930-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/CONTENEDORES Y MODULOS AMERICA SPA Valparaiso, diez de Septiembre de dos mil veintiuno Vistos: Que a folio 1 comparece el abogado Felipe Andr s Cataldo Moya,é domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, en representaci n convencional de
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