Juzgado de Garantía de Ancud

JOSÉ ELÍAS NÚÑEZ URIBE C/ CLAUDIO MARCELO DÍAZ MASCAREÑA

Rol

O-1123-2024

Fecha

20 de febrero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Ancud, 20 de febrero de 2024. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61, 70 y siguientes del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CLAUDIO MARCELO DIAZ MASCAREÑA, cédula de identidad N°10.106.980-K , ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO (61), MULTA DE 1/3 UTM, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, suspensión de la licencia de conducir por 2 AÑOS, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de Código: XBTUXSXHSZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto sancionado en los artículos 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 19 de julio de 2024, en la comuna de Ancud. II. Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que respecto a la pena de multa de 1/3 UTM, se tendrá ésta por satisfecha de conformidad al artículo 49 del Código Penal, por el mayor tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa. IV.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° y 5° de la ley 18.216, se dispone el cumplimiento de la pena corporal mediante la pena SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto a la observación y control de Gendarmería de Chile por el lapso de UN AÑO, debiendo cumplir

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61, 70 y siguientes del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CLAUDIO MARCELO DIAZ MASCAREÑA, cédula de identidad N°10.106.980-K , ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO (61), MULTA DE 1/3 UTM, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, suspensión de la licencia de conducir por 2 AÑOS, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de Código: XBTUXSXHSZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto sancionado en los artículos 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 19 de julio de 2024, en la comuna de Ancud. II. Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que respecto a la pena de multa de 1/3 UTM, se tendrá ésta por satisfecha de conformidad al artículo 49 del Código Penal, por el mayor tiempo que estuvo privado de libertad con motivo

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN JUICIO SIMPLIFICADO, ART. 395 DEL CPP, PARTE RESOLUTIVA Fecha Ancud., veinte de febrero de dos mil veinticinco Magistrado JOAN ANDRÉS ARCE SILVA Fiscal FERNANDO ESTEBAN METZNER IRIBARREN Defensor CARLOS BARAHONA RAMIREZ Delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Hora inicio 10:13AM Hora termino 10:40AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Ancud Acta Smb RUC 24008443

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica