Juzgado de Garantía de Arica

ARIAM GENESIS PAZ NAVARRO CARVAJAL C/ HERMAN ALEJANDRO CORNEJO REINOSO

Rol

O-6335-2024

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

LESIONES LEVES ART. 494 N° 5

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Con fecha 10 de agosto de 2024, en horas de la mañana, la victima MARCO ANTONIO ARACENA CASTRO, se encontraba en el albergue plan protege calle, ubicado en calle Arturo Buitano N°156, momento en que salía caminando hacia la calle, se encontró con el imputado HERNAN ALEJANDRO CORNEJO REINOSO con el cual mantenía rencillas anteriores, sosteniendo una discusión y luego siendo agredido por este con golpes de pies y puños, como también le tomo su teléfono celular, marca Xiaomi, modelo no se acuerda, color negro, y lo arrojó al suelo pisándolo con sus pies y dañando completamente, se tiene como testigo a la monitora del albergue de nombre ARIAN GENESIS NAVARRO CARVAJAL quien confirma los hechos ocurridos, por lo que Carabineros procedió a la detención del sujeto agresor Hernán Cornejo Reinoso.” Calificación jurídica: Código: TRFVXSHPXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal. Al imputado le cabe participación en los hechos a título de autor y el grado de desarrollo del delito es consumado. Consulta de admisión: Ante la consulta de rigor, el imputado admite responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 11 N°6, 11 N°9, 14, 15 N°1, 20, 21, 49, 50, 68, 69, 70 y 494 N°5 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a HERMAN ALEJANDRO CORNEJO REINOSO, cédula de identidad N°21.600.943-6, ya individualizado, al pago de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, como autor del de

Fallo

se acuerda, color negro, y lo arrojó al suelo pisándolo con sus pies y dañando completamente, se tiene como testigo a la monitora del albergue de nombre ARIAN GENESIS NAVARRO CARVAJAL quien confirma los hechos ocurridos, por lo que Carabineros procedió a la detención del sujeto agresor Hernán Cornejo Reinoso.” Calificación jurídica: Código: TRFVXSHPXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal. Al imputado le cabe participación en los hechos a título de autor y el grado de desarrollo del delito es consumado. Consulta de admisión: Ante la consulta de rigor, el imputado admite responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 11 N°6, 11 N°9, 14, 15 N°1, 20, 21, 49, 50, 68, 69, 70 y 494 N°5 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a HERMAN ALEJANDRO CORNEJO REINOSO, cédula de identidad N°21.600.943-6, ya individualizado, al pago de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, como autor del

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco Magistrado CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal CRISTIAN ALEJANDRO ECHIBURU CHAU Defensor JORGE ORLANDO VIDELA HERRERA Tipo de Audiencia PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hora inicio 12:39 Hora termino 12:47 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2400943965-6-992-250217-01-10-CDET MCG VPP RIT 6335 24 Acta V

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