MP C/ MARÍA JOSÉ ESPINOZA FUENTES
Rol
O-989-2024
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Ancud, 19 de febrero de 2025 Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61 y siguientes, 70, del Código Penal; artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 20.000, artículo 13 con relación al artículo 3 letra d) y 9 inciso 2, Ley sobre control de armas 17.798, con relación artículo 2 letra c) del mismo texto legal, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MARIA JOSE ESPINOZA FUENTES , cédula de identidad N°14.129.149-1, ya individualizada, a sufrir la pena de Código: QGJRXSQXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINIENTOS CUARENTA Y UN PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO (541), multa de 1/3 de UTM, accesoria art. 30 esto es la suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que durante el tiempo de la condena, comiso de las especies incautadas, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTORA en el delito de TENENCIA ARMA DE FOGUEO ADAPTADA PARA EL DISPARO DE MUNICIONES, previsto sancionado en los artículos 13 con relación al artículo 3 letra d) y 9 inciso 2, Ley sobre control de armas 17.798, con relación artículo 2 letra c) del mismo texto legal, en grado de desarrollo CONSUMADO, por los hechos ocurrido el día 27 de junio de 2024, en la comuna de Ancud. II.- Que SE CONDENA a MARIA JOSE ESPINOZA FUENTES , cédula de identidad N°14.129.149-1, ya individualizada, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS Y UN PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO (300), accesoria art. 30 esto es la suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que durante el tiempo de la condena, comiso de las especies incautadas , todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 49, 50, 61 y siguientes, 70, del Código Penal; artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 20.000, artículo 13 con relación al artículo 3 letra d) y 9 inciso 2, Ley sobre control de armas 17.798, con relación artículo 2 letra c) del mismo texto legal, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MARIA JOSE ESPINOZA FUENTES , cédula de identidad N°14.129.149-1, ya individualizada, a sufrir la pena de Código: QGJRXSQXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINIENTOS CUARENTA Y UN PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO (541), multa de 1/3 de UTM, accesoria art. 30 esto es la suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que durante el tiempo de la condena, comiso de las especies incautadas, todo lo anterior por su responsabilidad como AUTORA en el delito de TENENCIA ARMA DE FOGUEO ADAPTADA PARA EL DISPARO DE MUNICIONES, previsto sancionado en los artículos 13 con relación al artículo 3 letra d) y 9 inciso 2, Ley sobre control de armas 17.798, con relación artículo 2 letra c) del mismo texto legal, en grado de desarrollo CONSUMADO, por los hechos ocurrido el día 27 de junio de 2024, en la comuna de Ancud. II.- Que SE CONDENA a MARIA JOSE ESPINOZA FUENTES , cédula de identidad N°14.129.149-1
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Procedimeinto Abreviado. Fecha Ancud., diecinueve de febrero de dos mil veinticinco Magistrado JOAN ANDRÉS ARCE SILVA Fiscal FERNANDO ESTEBAN METZNER IRIBARREN Defensor FILIPPO CORVALAN FIGUEROA Delito TENENCIA ARMA DE FOGUEO ADAPTADA PARA EL DISPARO DE MUNICIONES Delito TENENCIA DE MUNICIONES Delito TRAFICO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES Hora inicio 12:08PM Ho
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