Juzgado de Garantía de Quillota

MP FISCALIA LOCAL C/ BRYAN NICOLÁS NOVOA PARRA

Rol

O-443-2025

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 18 de febrero de 2025, aproximadamente a las 16.30 horas, en el momento en que carabineros efectúa un control de identidad al imputado Novoa Parra, en razón de haber ocultado su rostro a momento de que es observado por personal de carabineros, al registrar el bolso que este portaba, se encuentra en su interior, en la vía pública, un cuchillo con una empuñadura de 12 centímetros, de color negro, y una hoja de 10 centímetros, no justificando su porte o tenencia del mismo. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en el artículo 1, 3, 11 N°9, 14, 15, 21, 288 bis del Código Penal, artículo 36, 45, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE CONDENA a BRYAN NICOLÁS NOVOA PARRA, ya individualizado, a la pena del pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal, por su responsabilidad de autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, del artículo 288 bis del Código Penal, ejecutado en grado de consumado, en Quillota el día 18 de febrero de 2025. II.- Que la pena de multa impuesta en el número uno, se da por cumplida, por el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad con motivo de la causa, según consta en la carpeta judicial entre el 18 y 19 de Febrero de 2025. El sentenciado no cuenta con más abonos que considerar. III.- Que se exime al condenado del pago de las costas del procedimiento Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada la sentencia para dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.- Código: YVEJXSGGUGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl DICTADA POR DON DANIEL BRAZO ZAMORA, JUEZ DE GARANTÍA (S) CERTIFIC

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a BRYAN NICOLÁS NOVOA PARRA, ya individualizado, a la pena del pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal, por su responsabilidad de autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, del artículo 288 bis del Código Penal, ejecutado en grado de consumado, en Quillota el día 18 de febrero de 2025. II.- Que la pena de multa impuesta en el número uno, se da por cumplida, por el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad con motivo de la causa, según consta en la carpeta judicial entre el 18 y 19 de Febrero de 2025. El sentenciado no cuenta con más abonos que considerar. III.- Que se exime al condenado del pago de las costas del procedimiento Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada la sentencia para dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.- Código: YVEJXSGGUGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl DICTADA POR DON DANIEL BRAZO ZAMORA, JUEZ DE GARANTÍA (S) CERTIFICADO DE EJECUTORIADO Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: YVEJXSGGUGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-19T13:42:56-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2500236262-K RIT: 443 - 2025 CONDENADO: BRYAN NICOLÁS NOVOA PARRA RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0019354272-7 NEMECIO ANTUNEZ SUR Nº2195, VILLA EL SENDERO, Quillota. DELITO: PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Quillota, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. HECHOS: El día 18 de febrero de 2025, aproximadamente a las 16.30 h

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