Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

EAGLE COOPER MINERAL CORP SPA/

Rol

V-2467-2019

Fecha

14 de septiembre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 27 de diciembre de 2019 comparece DANIELA PATRICIA VENEGAS VARAS, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad Nº 18.148.713-5 en representación de EAGLE COOPER MINERAL CORP SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N° 77.035.689-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro de Villagra N° 2351, comuna de Vitacura, Santiago; solicitó 300 pertenencias mineras de 1 hectárea, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a las que denominó " CANTO DEL SOL 36, 1 AL 300”, ubicadas en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, II Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que la manifestación se formuló haciendo uso del derecho otorgado por la concesión de exploración denominada “CANTO DEL SOL 36”, a favor de SOCIEDAD VIRTUD MINERAL SpA, según consta de la copia autorizada de la inscripción de la Sentencia Constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, a fojas 858 Nº 460, repertorio 532-2018 de fecha 12 de abril de 2018, acompañada en solicitud de fecha 27 de diciembre de 2019. Que para todos los fines que haya lugar, en solicitud de fecha 27 de diciembre de 2019 se da cuenta que la sociedad EAGLE COOPER MINERAL CORP SpA adquiere el dominio titular de esta concesión de exploración minera denominada “CANTO DEL SOL 36”, por escritura pública de “Contrato de compraventa de concesiones mineras”, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña Antonieta Mendoza Escalas, que dicha transferencia se encuentra inscrito a fojas 4501 N° 2431 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, correspondiente al año 2019, según consta en certificado de dominio y vigencia de fecha 23 de diciembre de 2019, extendido por el señor Notario y Conservador de Minas de Taltal. TERCERO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 141 N° 71, repertorio N° 71-2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 10 de enero de 2020 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.563, de fecha 27 de enero de 2020, el cual se encuentra agregado con fecha 30 de julio de 2020. CUARTO: Que con fecha 30 de julio de 2020, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 31 de julio de 2020, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación, el día 27 de diciembre de 2019. QUINTO: Que con fecha 22 de septiembre de 2020, se acompañó Boletín Oficial de Minería edición N° 42.732, de fecha 17 de agosto de 2020, en donde se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal. SEXTO: Que con fecha 12 de marzo de 2021, se acompañó acta de mensura, y con fecha 14 de julio de 2021 se acompañó actas corregidas en que consta que se solicitaron y mensuraron 205 pertenencias con una superficie total de 205 hectáreas, con el nombre de “CANTO DEL SOL 36, 1 AL 205”, ubicadas en la Región de

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “CANTO DEL SOL 36, 1 AL 205”, ubicadas en la Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal, en sector Estación Catalina, con una superficie total de 205 hectáreas, a favor de EAGLE COOPER MINERAL CORP SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N° 77.035.689-K, representado por doña DANIELA PATRICIA VENEGAS VARAS, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad Nº 18.148.713-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro de Villagra N° 2351, comuna de Vitacura, Santiago y don IGNACIO JOAQUÍN LÓPEZ ALARCÓN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.017.525-7. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl

Texto Completo (Preview)

FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-2467-2019 CARATULADO : EAGLE COOPER MINERAL CORP SpA/ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “CANTO DEL SOL 36, 1 AL 205” FECHA DE INGRESO : 27 DE DICIEMBRE DE 2019 FECHA A.P.F. : 30 DE AGOSTO DE 2021 Taltal, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Q

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