Juzgado de Letras y Gar.de Peralillo

GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA/

Rol

V-2-2018

Fecha

9 de septiembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho, comparece FERNANDA NITSCHE JIMÉNEZ, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N°15.962.312-2, en representación de GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA, persona jurídica chilena del giro de su denominación, rol único tributario Nº 76.257.813-1, ambos con domicilio en Enrique Foster 21, oficina 801-B, comuna de Las Condes, Santiago, quien viene en solicitar se constituya concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 200 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Marchihue, provincia de Cardenal Caro, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.198.200,00 metros Norte y 264.430,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Para los efectos de constituir la correspondiente concesión de exploración, viene en presentar este pedimento, solicitando que le otorgue una concesión minera de exploración que se denominará “EL RETORNO”. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros. Previas citas legales solicita tener por presentado este pedimento, ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, dándole la copia autorizada correspondiente, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración denominada EL RETORNO. SEGUNDO: Que según consta en autos dicho pedimento se inscribió a fojas 8, Número 4, de fecha 25 de enero de 2018, en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Peralillo. TERCERO: Que, se acompañó comprobante de

Fallo

se resuelve: I.- Que se aprueba el plano y se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “EL RETORNO”, con su superficie total de 200 Hectáreas, a favor de GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA, rol único tributario Nº 76.257.813-1. II.- Que las coordenadas UTM de los vértices de la cara superior de la concesión minera de exploración denominada “EL RETORNO” son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) Punto Medio (P.M.) 6.198.200,00 264.430,00 V 1 6.198.700,00 263.430,00 V 2 6.198.700,00 265.430,00 V 3 6.197.700,00 265.430,00 V 4 6.197.700,00 264.430,00 III.- Publíquese la sentencia en extracto conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su reglamento. IV.- Inscríbase esta sentencia en el correspondiente registro y archívese el plano correspondiente. V.- Remítase en su oportunidad al Servicio Nacional de Geología y Minería, copia de esta sentencia y original del plano correspondiente. Notifíquese, dese copia y archívese estos antecedentes en su oportunidad. Rol: V-2-2018 Dictada por don José Antonio Ruiz Stanke, Juez Titular. Notifíquese por el estado diario de hoy, el hecho de haberse dictado sentencia definitiva. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y

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Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Peralillo Materia: Pedimento Minero. Rol: V-2-2018. Solicitante: Grenergy Renovables Pacific Limitada Peralillo, nueve de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho, comparece FERNANDA NITSCHE JIMÉNEZ, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N°15.962.312-2,

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