SEBASTIÁN JOSÉ MORAGA MUÑOZ C/ RUTH SOLANGE ARAYA GUERRERO
Rol
O-302-2025
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Con fecha 28.11.2024 alrededor de las 17:00 horas, la requerida Ruth Solange Araya Guerrero, concurrió al supermercado “Líder”, ubicado en avenida Diego Portales Nº 2291 de la comuna y ciudad de Arica, con la intención de apropiarse de especie mueble ajena, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, una vez en el interior de dicho establecimiento comercial, procedió a introducir una gran cantidad de especies en el interior de una cartera de color café que portaba, para posteriormente dirigirse hasta la caja Nº 14, traspasando la línea de seguridad sin haber cancelado ninguno de los productos, los que son avaluados en la suma de $ 59. 960 (cincuenta y nueve mil novecientos sesenta pesos) motivo por el cual, Carabineros de la Tercera Comisaría de Arica, adoptaron el procedimiento de rigor, procediendo a la detención del requerido.” Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº 3 del Código Penal, participación en calidad de autora en grado de desarrollo frustrado. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Código: QXQZXSXWTCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sentencia Procedimiento Simplificado. Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 7°, 11 No.9, 12 No. 16, 14 No. 1, 15 No. 1, 18, 21, 25, 30, 40, 49, 51, 68, 69, 70, 432 y 446 No.3 del Código Penal; 7°, y 8° de la Ley 18.216; y 1°, 4°, 36, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a RUTH SOLANGE ARAYA GUERRERO, cédula de identidad N° 15916355-5, ya individualizada, sin costas, como autora del delito frus
Fallo
se declara: I. Que se condena a RUTH SOLANGE ARAYA GUERRERO, cédula de identidad N° 15916355-5, ya individualizada, sin costas, como autora del delito frustrado de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº 3 del Código Penal, hecho ocurrido en Arica el 28 de noviembre de 2024, a las penas de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La multa se pagará en pesos y se concede plazo hasta de 90 días. Si no la pagare será citada a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. III. Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria, por el mismo tiempo de la condena. Debiendo presentarse la sentenciada dentro del plazo de cinco días al Centro de Reinserción Social de Arica, contados desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención para su cumplimiento. Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, reconociendo como abono todo aquel tiempo que alcance a cumplir efectivamente dicha reclusión parcial; o, se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renunc
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal FRANCISCO JAVIER GANGA DINAMARCA Defensor RODRIGO FERNANDO TORRES DÍAZ Tipo de Audiencia Procedimiento Simplificado Hora inicio 09:07 Hora termino 09:16 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2401473287-6-992-250217-00-05 - PSIM ASB NBB 302 2025 Acta NBB
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