7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ANTOINE MAURICIO GERARDO BARROS OTÁROLA

Rol

O-6514-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 04 de Junio de 2024, a las 11:00 horas, aproximadamente, en Avenida Pedro Montt a la altura del N° 1606, Comuna de Santiago, el imputado ANTOINE MAURICIO GERARDO BARROS OTÁROLA, fue sorprendido por funcionarios de carabineros conduciendo la motocicleta marca Honda, modelo CB 125F Twister, año 2019, color negro, la cual no portaba su PPU, verificándose sus números identificatorios, determinándose que su PPU era la KJZ 082, presentando encargo vigente por robo en bienes nacionales de uso público N° EUN Código: XVXCXSXFJLU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 581912, según denuncia N° 101, de fecha 08 de Enero de 2024, de la 22 Comisaría de Quinta Normal, interpuesta por la víctima VÍCTOR JESÚS QUEREIGUA GUAINA, sin que el imputado pudiera menos que conocer el origen ilícito de la motocicleta respecto de la cual no portaba los documentos que permitían su circulación, sin que la hubiera recibido de su dueño o legítimo tenedor.. SE DECLARA: I.- Que se condena a ANTOINE MAURICIO GERARDO BARROS OTÁROLA, chileno, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 4 de junio de 2024, a sufrir las siguientes penas: -541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, de conformidad al artículo 30 del Código Penal. II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del CRS respectivo por el período de 18 meses, debiendo cumplir con las condiciones legales del artículo 5 de la Ley. Si la pena le fuere revocada o quebrantada el condenado

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a ANTOINE MAURICIO GERARDO BARROS OTÁROLA, chileno, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 4 de junio de 2024, a sufrir las siguientes penas: -541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, de conformidad al artículo 30 del Código Penal. II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del CRS respectivo por el período de 18 meses, debiendo cumplir con las condiciones legales del artículo 5 de la Ley. Si la pena le fuere revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegramente la pena originalmente impuesta o en su lugar se le reemplazará por una de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En el evento que tenga que cumplir la pena en forma efectiva, no mantiene abonos que considerar. Se deja constancia que la presente pena sustitutiva se mantendrá suspendida a la espera de que se resuelva la situación procesal del condenado en causa RIT 2828-2024 del 5° Juzgado de Garantía de Santiago. III.- Respecto de la pena pecuniaria

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, doce de febrero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN AZÓCAR CARMONA RUC: 2400639603-4 RIT: 6514-2024 IMPUTADO ANTOINE MAURICIO GERARDO BARROS OTÁROLA C.I. 21.671-592-6 FECHA DE NACIMIENTO 15/09/2004 DIRECCION O’ Higgins N° 854 COMUNA: Pudahuel DELITOS Receptación de veh

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