2º Juzgado de Garantía de Santiago

M.P. C/ JUAN BASILIO NAJARRO JARA

Rol

O-1919-2024

Fecha

11 de febrero de 2025

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 03 de abril de 2024, pasadas las 17:15 horas, en el block ubicado en Parinacota N° 560, comuna de Quilicura: En el Dpto. A-14, los imputados JESKARY SALINAS HUAIQUICHEO Y YOHANN ARELLANO MONTES guardaban en diversos lugares del inmueble: un frasco de vidrio con 268.19 gramos de cannabis NUE 7548922; tres bolsas con 86.9 (NUE 7548923), que resultó creatina. Total droga: 268.19 gramos Además, en la cocina tenían ocho cartuchos calibre 9mm y un cartucho calibre .22 (NUE 7548925), además de un chaleco antibalas NUE 7548426 $419.600 en dinero efectivo (NUE 7548924) y elementos para dosificar tales como una balanza, bolsas y otros. SE DECLARA: I. Que se condena a JESKARY ANNAIS SALINAS HUAIQUICHEO, en calidad de autora del delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de abril de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de UTM. II. Que se condena a JESKARY ANNAIS SALINAS HUAIQUICHEO, en calidad de autora del delito de TENENCIA DE MUNICIONES, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de abril de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de DOSCIENTOS OCHENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III. Que las penas impuestas serán de cumplimiento a través de la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el término de las condenas, sin abonos que considerar. IV. Que la pena de multa se le tiene por cumplida, con el día que la imputada estuvo presa con ocasión de esta causa, esto es, el 04 de abril de 2024. V. Que conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN, tómese muestras biológicas para la

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JESKARY ANNAIS SALINAS HUAIQUICHEO, en calidad de autora del delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de abril de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de UTM. II. Que se condena a JESKARY ANNAIS SALINAS HUAIQUICHEO, en calidad de autora del delito de TENENCIA DE MUNICIONES, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de abril de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de DOSCIENTOS OCHENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III. Que las penas impuestas serán de cumplimiento a través de la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el término de las condenas, sin abonos que considerar. IV. Que la pena de multa se le tiene por cumplida, con el día que la imputada estuvo presa con ocasión de esta causa, esto es, el 04 de abril de 2024. V. Que conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN, tómese muestras biológicas para la determinación de la huella genética de la imputada, quedando a cargo del CRS Norte, el cumplimiento de este cometido. Código: BDREXSDYYNU Este docume

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, once de febrero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA LORENA PIZARRO LUCO RUC: 2400080775-K RIT: 1919- 2024 IMPUTADO: JESKARY ANNAIS SALINAS HUAIQUICHEO C.I. 20915408-0 FECHA DE NAC. 17-11-2001 DIRECCION PARINACOTA BLOCK 560 DPTO. A-14 Nº . COMUNA: Quilicura. DELITO Trá

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