CAMILA ANGÉLICA SANHUEZA REBOLLEDO C/ ESTEBAN FRANCISCO MAMANI RAMOS
Rol
O-1718-2021
Fecha
12 de febrero de 2025
Materia
ASOCIACIONES ILÍCITAS LEY DE DROGAS (ART. 16)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Desde a lo menos el año 2019, hasta las fechas de sus detenciones se estableció la existencia de una organización criminal conformada, por BERNARDO JARA RIVERA, también conocido como FERNANDO GONZALEZ RIVERA; JORGE EDUARDO MAMANI RAMOS; ESTEBAN FRANCISCO MAMANI RAMOS; ABEDNEGO GUTIERREZ CONDORI; MILTON AYCA ALVAREZ; CRISTIAN MAMANI MAMANI; JAIME RAMOS FLORES; JORGE CABRERA JARA y JORGE CABRERA ORELLANA. La presente organización está destinada a cometer los delitos de tráfico ilícito de drogas y lavado de activos, consistente en la internación, adquisición, acopio, dosificación, comercialización y distribución de drogas y la simulación u ocultación de los ingresos provenientes de dicha actividad. Dichos miembros de la agrupación cumplen roles destinados a concretar el propósito criminal, esto es, el tráfico de drogas, lavado de activos y los demás delitos que lo posibilitan. La organización criminal se encuentra liderada por BERNARDO JARA RIVERA, quien desde su residencia ubicada en Santa Cruz, Bolivia provee de drogas y es a quien se le remite en dólares las cuantiosas ganancias generadas por el tráfico, quien financia e imparte instrucciones ejerciendo mando y dirección dentro de la organización y por intermedio de sus brazos operativos efectúa la internación desde el extranjero de importantes cantidades de drogas a la Región Metropolitana y su posterior distribución a otros traficantes del país. Obtenido el cobro de los dineros, de igual forma imparte instrucciones destinadas efectuar el cambio de divisas a dólares para luego encargar el traslado de dicho dinero al extranjero, ya sea mediante la entrega material en el norte del país en la ciudad de Iquique o bien por medio de traspasos internacionales. Asimismo, es quien recluta a los brazos operativos o demás miembros de la organización determinando las funciones que deben desempeñar y obligaciones relacionadas con la venta, dosificación, transporte, cobros de dinero, recepción y entrega de los mismos, e
Fallo
Por lo expuesto, el 16 de abril de 2021 en las cercanías de la plaza de peaje de Pichidangui, ubicada en el kilómetro 193 de la ruta 5 Norte, se procedió al respectivo control del camión marca Renault, verificando que llevaba oculto en el interior del trompo: 1 kilo 862 gramos de Cocaína Base; 48 kilos 39 gramos de Clorhidrato de Cocaína; 2.897 kilos 989 gramos de Cannabis Sativa. PESO TOTAL DE DROGA INCAUTADA: 2.947 kilos 890 gramos. Prestaban cobertura al camión ESTEBAN MAMAMI RAMOS y MILTON AYCA ALVAREZ en el vehículo Hyundai H1 PPU JFYF.91; JORGE MAMANI RAMOS en el camión Chevrolet FVR 1724 PPU JFXW.15; y CRISTIAN MAMANI MAMANI y ABEDNEGO GUTIERREZ CONDIRI en la camioneta marca Dodge modelo Ram PPU PK- 9366. Por último, durante el periodo investigado y producto de las conductas de tráfico exitosas, que culminaban con la distribución de la droga en la Región Metropolitana, reportó para la organización y sus integrantes altas sumas de dinero, las que por encargo del líder de la organización BERNARDO JARA RIVERA eran puestas a disposición por parte de JORGE MAMANI RAMOS, alias “EL TUCO” a JORGE CABRERA JARA y JORGE CABRERA ORELLANA, quienes acopiaban el dinero obtenido, lo contabilizaban y procedían a efectuar cambio por divisas de dólares americanos, para luego efectuar o encargar su transferencia fraccionadas por medio de empresas de pago, o bien efectuar el traslado material del dinero hasta la Región de Iquique o directamente a Bolivia, donde era recibido por encargo de
Texto Completo (Preview)
RUC : 2100373567-K RIT : 1718 - 2021 MAGISTRADO : ANGÉLICA MARÍA PALACIOS RIOSECO NOMBRE IMPUTADO : MILTON FIDEL AYCA ALVAREZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0026652988-0 DOMICILIO : Calle RAMON PEREZ OPAZO Nº 2916. Alto Hospicio. NOMBRE IMPUTADO : ABEDNEGO GUTIERREZ CONDORI CEDULA DE IDENTIDAD : 0014877552-4 DOMICILIO : Calle CALLE 1 N° 2686. VILLA FREI. Alto Hospicio. DEFENSOR : CLER NICOL LEIVA TRIBUNA
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