12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MIGUEL ANGEL GARRIDO CAYUPÁN

Rol

O-4588-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

LESIONES LEVES ART. 494 N° 5, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 octubre del año 2024, siendo aproximadamente las 16:35 horas, en circunstancias que la víctima Bastián Andres Sandoval Toledo, se movilizaba a borde de un bus del Transantiago del recorrido 227, mientras transitaba por el paradero ubicado en calle santa rosa N 2990, comuna San Joaquín, abordan el autobús dos sujetos, el imputado MIGUEL ÁNGEL GARRIDO CAYUPÁN, acompañado de una persona de sexo femenino no individualizada, quienes abordan a la víctima, instancia que el imputado haciendo uso de un arma cortopunzante tipo cuchillo, mediante intimidación le exige a la víctima la entrega de todas las especies de valor que portaba, siendo la acompañante del imputado quien introduce registra sus vestimentas, y logra sustraer con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, un teléfono celular iPhone, modelo 11, color negro, con carcaza transparente. Acto seguido, la acompañante mujer logra descender del autobús, no así el imputado MIGUEL ÁNGEL GARRIDO CAYUPÁN, quien producto del cierre de las puertas del bus no logro descender, siendo detenido por la victima como por un pasajero, Matías David Diaz Seguel, a quien el imputado le ocasiona lesiones con el arma cortopunzante que portaba. A raíz de lo anterior la victima Matías David Diaz Seguel resulto con herida punto y forma en la región de cara anterior del muslo derecho, lesión clínicamente de carácter leve. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15, 31, 70, 436, 494 del Código Penal; Ley 19970; Ley 18216; artículos 407 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MIGUEL ANGEL GARRIDO CAYUPÁN, ya individualizado, en calidad de AUTOR de los delitos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 14 octubre del año 2024, a sufrir la siguiente pena: TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y de inhab

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MIGUEL ANGEL GARRIDO CAYUPÁN, ya individualizado, en calidad de AUTOR de los delitos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 14 octubre del año 2024, a sufrir la siguiente pena: TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y de inhabilitación absoluta de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena; a la incorporación de la HUELLA GENETICA en el Registro de ADN, una vez que esta sentencia adquiera el carácter de firme y ejecutoriada; al COMISO del cuchillo para posterior destrucción por parte del Ministerio Público; todo lo anterior SIN LAS COSTAS de la causa. II.- Que como modalidad de cumplimiento de la pena corporal se le concede la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, quedando sujeta a la observancia del delegado de Libertad Vigilada por el término de TRES AÑOS Y UN DIA. Deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos que el delegado prevé los artículo 15 y siguientes de la Ley 18216, razón por la cual deberán ejercer algún empleo u oficio licito, remunerado, estar sujeta a la observancia y a las instrucciones permanentes que el delegado de Libertad Vigilada Intensiva establezca; residir en un lugar determinado que no podrán modificar, sin previo acuerdo con el Delegado y en la medida que en el nuevo domicilio exista un delegado de Libertad Vigila

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 4588 - 2024 RUC : 2401241607-1 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN / LESIONES LEVES IMPUTADO : MIGUEL ANGEL GARRIDO CAYUPÁN C.I. N° : 19025097-0 DOMICILIO : MATAQUITO Nº0632, LA PINTANA DEFENSOR : BÁRBARA MARISEL CHANDÍA BENAVIDES FISCAL : CLAUDIA ANGELA CASTRO MONSALVE ATENUANTES : ARTICULO 11 Nº9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO

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