Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

DERONVIL/ZÚÑIGA

Rol

O-78-2019

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. QUINTO: Que, en orden a acreditar los

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que Ginel Deronvil, domiciliado en Monte Altay N°0332, comuna de Quilicura, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Eduardo Andrés Zúñiga Molina, empresario, domiciliado en calle Madrid N°818, comuna de El Bosque, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene al demandado al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que con fecha 1 de febrero de 2017, ingresó a prestar servicios para el demandado, en virtud de un contrato indefinido, desempeñando labores de soldador y percibiendo una remuneración de $483.334.- mensuales. Añade que la relación con su ex empleador fue cordial y respetuosa, sin mayores sobresaltos, pero en el mes de marzo de 2017 tuvo un pequeño altercado con este, debido a que necesitaba que pagara íntegramente sus cotizaciones previsionales, ya que lo llamaban constantemente de Fonasa señalando que estaba en mora, lo mismo ocurría con AFC Chile, sin embargo su ex empleador no cumplió con su obligación contractual. Indica que con fecha 3 de septiembre de 2018, conminó su empleador que cancelara las deudas por cotizaciones previsionales, pero este le indicó que no las pagaría y que se fuera del trabajo, por lo que se retiró del recinto. Añade que con fecha 6 de septiembre de 2018, presentó Reclamo Administrativo ante la Inspección del Trabajo y

Fallo

en mérito de lo expuesto, normas legales y jurisprudencia que invoca, solicita se condene al demandado al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que por resolución de fecha 12 de febrero de 2019, se declaró de oficio la caducidad de la acción por despido injustificado para instar por el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios y recargo legal y se tuvo por interpuesta la demanda solo respecto de las acciones por nulidad del despido y cobro de prestaciones. TERCERO: Que el demandado no contestó el libelo incoado en su contra, por lo que nada expuso con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado el trámite de contestación en su rebeldía. CUARTO: Que celebrada la audiencia preparatoria, sólo compareció a ella la parte demandante y fracasado el trámite de conciliación, el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. QUINTO: Que, en orden a acreditar los fundamentos de su pretensión, la parte demandante ofreció e incorporó en la audiencia de juicio la prueba documental y oficios singularizados en el acta respectiva la que, para todos los efectos legales, se da por expresamente reproducida en lo pertinente, como asimismo las declaraciones que constan en el registro de audio respectivo. A su vez, solicitó se hiciera efectivo el aperci

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San Miguel, veinte de septiembre de dos mil veintidós Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Ginel Deronvil, domiciliado en Monte Altay N°0332, comuna de Quilicura, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Eduardo Andrés Zúñiga Molina, empresario, domiciliado en calle Madrid N°818, comuna de El Bosque, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene al de

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