Juzgado de Garantía de San Carlos

MP C/ CRISTIAN ELÍAS GUZMÁN CERDA

Rol

O-1850-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO LOS INTERVINIENTES. Por las consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N°6 en su caso, 11 N°9, 13, 14, 15 N°1, 432, 442 del Código Penal; artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales; artículos 47, 343 y 351 del Código Procesal Penal; artículo 4, 8 y 38 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, se condena a don NICOLÁS ARNOLDO ALVIAL SAAVEDRA, cédula nacional de identidad N°0020111818-2, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y a don CRISTIAN ELÍAS GUZMÁN CERDA, cédula nacional de identidad N°0020363135-9, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del ilícito consumado de robo en lugar no habitado perpetrado en territorio jurisdiccional del tribunal el día 10 de agosto del año 2024. II. Que respecto a don NICOLÁS ARNOLDO ALVIAL SAAVEDRA, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4° y siguientes de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la fiscalización y supervigilancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de San Carlos, por el plazo de un año, debiendo cumplir con los requisitos del artículo 5 de la citada Ley. Si la pena sustitutiva fuese revocada o quebrantada, deberá cumplir de forma íntegra y efectiva, o se remplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad o Código: MXYKXSYMNGU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl se intensificaran las condiciones decretadas, teniendo a su favor el tiempo de privación de libertad en la presente casa de 186 días. III. Que respecto a don CRISTIAN ELÍAS GUZMÁN CERDA reuniéndose los requisitos del artículo 8° d

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condena a don NICOLÁS ARNOLDO ALVIAL SAAVEDRA, cédula nacional de identidad N°0020111818-2, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y a don CRISTIAN ELÍAS GUZMÁN CERDA, cédula nacional de identidad N°0020363135-9, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del ilícito consumado de robo en lugar no habitado perpetrado en territorio jurisdiccional del tribunal el día 10 de agosto del año 2024. II. Que respecto a don NICOLÁS ARNOLDO ALVIAL SAAVEDRA, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4° y siguientes de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la fiscalización y supervigilancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de San Carlos, por el plazo de un año, debiendo cumplir con los requisitos del artículo 5 de la citada Ley. Si la pena sustitutiva fuese revocada o quebrantada, deberá cumplir de forma íntegra y efectiva, o se remplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad o Código: MXYKXSYMNGU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl se intensificaran las condiciones decretadas, tenie

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha San Carlos., doce de febrero de dos mil veinticinco Magistrado IVAN SANTIBAÑEZ TORRES Fiscal ANDRES SALGADO VALDEBENITO Defensora particular PAULA MUJICA PLACENCIA por C. Guzmán Defensor ANDRES MACAYA CONTRERAS por N. Alvial. Hora inicio 09:58AM Hora termino 10:20AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos Acta cda RUC

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