Juzgado de Letras y Garantía de Licantén

MP C/ JUAN ALEJANDRO PASTÉN RODRÍGUEZ

Rol

O-112-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

COHECHO O SOBORNO COMETIDO POR PARTICULAR. ART. 250, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA LÁZARO BELARMINO ASTORGA GUZMÁN (COMPARECE) 0016340032-4 Avenida LAS VERBENAS Nº S/N Cartagena. JAIME JESÚS ASTORGA GUZMÁN (COMPARECE) 0015483606-3 Sector VILLA HUELÉN PASAJE NALOLO Nº 7324 Cerro Navia. STIVEN ISAAC MATURANA VERGARA (COMPARECE) 0020578619-8 Calle EL FOGONERO N° BLOCK 1185 A DEPTO. Nº 205 Renca. JESÚS ANDRÉS BÓRQUEZ ROJAS (COMPARECE) 0016521063-8 David Arellano N°1116 Cerro Navia Código: XGTXXSUUREV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2400197267-3 112-2024 CAUSA.: R.U.C=2400197267-3 R.U.I.=112-2024 Fecha de deliberación 2025/02/12 Juez redactor ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN LÁZARO BELARMINO / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Resultado Condenado. RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN JAIME JESÚS / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Resultado Condenado. RELACIONES.: BÓRQUEZ ROJAS JESÚS ANDRÉS / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Resultado Condenado. RELACIONES.: MATURANA VERGARA STIVEN ISAAC / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Resultado Condenado. RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN LÁZARO BELARMINO / COHECHO O SOBORNO COMETIDO POR PARTICULAR. ART. Resultado Condenado. RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN LÁZARO BELARMINO / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Procedimiento Abreviado. RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN JAIME JESÚS / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Procedimiento Abreviado. RELACIONES.: BÓRQUEZ ROJAS JESÚS ANDRÉS / Procedimiento Abreviado. Código: XGTXXSUUREV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. RELACIONES.: MATURANA VERGARA STIVEN ISAAC / ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433 439. Procedimiento Abreviado. RELACIONES.: ASTORGA GUZMÁN LÁZARO BELARMINO / COHECH

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos antecedentes la fiscal del Ministerio público a presentado acusación en contra de los imputados ya individualizados don Código: XGTXXSUUREV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JESÚS ANDRÉS BÓRQUEZ ROJAS, JAIME JESÚS ASTORGA GUZMÁN, LÁZARO BELARMINO ASTORGA GUZMÁN, STIVEN ISAAC MATURANA VERGARA, que el imputado Jesús Andrés Bórquez Rojas ha sido representado en esta audiencia por la defensora penal publica doña Maria Ignacia Enríquez Gutiérrez con domicilio y forma de notificación ya registrado en este tribunal; los imputados Jaime Astorga Guzmán, Lázaro Astorga Guzmán y Steven Maturana Vergara han sido representados por el defensor penal público Nicolas Gutiérrez Salinas con domicilio y forma de notificación también registrado en este tribunal. Todos individualizaban estos antecedentes. SEGUNDO: que los hechos de la acusación que han sido objeto de este procedimiento abreviado son los señalados precisamente en el libro acusatorio y que han sido señalados por este tribunal al inicio de la audiencia y que por motivos de economía procesal, por haber sido ya latamente señalados, doy por expresamente reproducidos en este considerando. HECHOS: El día 17 de Febrero de 2024, siendo aproximadamente las 11.00 horas, el acusado Jesús Andrea Borquez Rojas, junto a los coimputados LÁZARO BELARMINO ASTORGA JUZMÁN, JAIME JESÚS ASTORGA GUZMÁN y STIVEN ISAAC MATURANA VERGARA, junto a otros que se encuentran prófugos, previamente concertados y con ánimo de lucro, concurrieron hasta el inmueble ubicado en el sector El Espinalillo de la comuna de Hualañé, movilizándose en un vehículo marca Chevrolet, modelo, Sail, color Rojo PPU HHBV-42 y una camioneta marca Great Wall, modelo Wingle 5, color plateada PPU DPVR-40. Una vez en el lugar y premunidos de armas de fuego, algunos utilizando ropas tipo camuflaje y otros vestidos con uniforme de carabineros, y simulando ser funcionarios policiales, se dividieron en dos grupos, donde unos ingresaron a la fuerza a la casa habitación mediante fractura de la puerta de ingreso, momentos en que se encontraba en su dormitorio la menor de iniciales E.S.N de 12 años de edad, quien es intimidada por los imputados, mediante gritos, amenazas de muerte, apuntando a la menor con un arma de fuego para luego maniatarle sus muñecas hacia la espalda, dejándola boca abajo y cubriéndole la cabeza, obligándola a decirles donde se encontraba la escopeta de su padre y con amenazas de muerte exigiéndole la entrega de dinero y otras especies de valor. En ese mismo momento y en forma paralela, otra parte de los imputados se dirigen hacia la Código: XGTXXSUUREV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl parte posterior del mismo inmueble, donde reducen e intimidan a don Rafael Meléndez Correa, de 65 años de edad, quien se encontraba reparando un cerco, a quien toman por la espalda, agrediénd

Fallo

Por estas consideraciones y, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 11 N°6, 456 bis. Número 2. 436. Artículo 250. Todos los códigos penales y demás normas legales pertinentes de dicho cuerpo legal. Artículo 1, 14, 15 y siguiente de la ley 18.216. 38. Artículo 1, 405, 406, 407, Y siguientes del Código Procesal Penal. Se declara: I.- Que, se CONDENA A JESÚS ANDRÉS BÓRQUEZ ROJAS, ya individualizado, en calidad de autor del delito consumado de Robo con Violencia e intimidación, previsto y sancionado en el articulo 436 el código Código: XGTXXSUUREV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal, cometido en este territorio jurisdiccional el día 17 de febrero del año 2024, a sufrir las penas de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo de oficios públicos durante el tiempo de la condena, al comiso de las especies señaladas en la acusación y a la determinación de su huella genética. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 1, 14, 15, 15 bis y siguientes de la ley 18.216, se dispondrá la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo presentarse dentro del quinto día que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada a dependencia del Centro de Organización Social de Gendarmería de Chile Santiago Norte,

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de revisión prisión preventiva/ proc. abreviado. Fecha Licantén., once de febrero de dos mil veinticinco Magistrado ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE Fiscal MARIA MAGDALENA CAMPOS ROJAS Defensor NICOLAS GUTIERREZ SALINAS con notificación a FRANCISCO DIAZ ORELLANA Defensor MARIA IGNACIA HENRIQUEZ por JESÚS ANDRÉS BÓRQUEZ ROJAS Hora inicio 12:00PM Hora termino 02:03PM Sa

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