Juzgado de Garantía de Temuco

MP C/ RUBÉN ELISEO CERNA SUBIABRE

Rol

O-6252-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 29 de julio del 2024, aproximadamente a las 18:59 horas, el imputado RUBÉN ELISEO CERNA SUBIABRE concurrió hasta el supermercado Acuenta, ubicado en Avenida Pedro de Valdivia N° 02195, de la comuna de Temuco, lugar desde el cual ocultó entre sus vestimentas sustrayendo una botella de pisco, una botella de vodka y una botella de whisky, especies con las cuales traspasó las cajas registradoras sin pagar el importe respectivo, el avalúo de las mismas es de $31.150, equivalente a 0.47 Unidades Tributarias Mensuales”. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Código: BXVVXSXGXLU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 24, 25, 26, 30, 49, 69, 70, 494 bis del Código Penal; lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a R

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Código: BXVVXSXGXLU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 24, 25, 26, 30, 49, 69, 70, 494 bis del Código Penal; lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a RUBÉN ELISEO CERNA SUBIABRE, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de HURTO del artículo 494 bis del Código Penal, por los hechos ocurridos en la

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RESUMEN RIT : 6252 - 2024 RUC : 2400881802-5 MATERIA : Hurto falta (494 bis codigo penal). IMPUTADO : RUBÉN ELISEO CERNA SUBIABRE CÉDULA DE IDENTIDAD : 12.746.960-1 DOMICILIO : En situación de calle, Valdivia. RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, doce de febrero de dos mil veinticinco.- Hechos: “El día 29 de julio del 2024, aproximadamente a las 18:59 horas, el imputado RUBÉN

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