1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ABARCA/ALIMENTOS LA CREME LIMITADA

Rol

O-6543-2021

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 160, 161, 162, 163, 171, 173, 420, 425, 452 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don Daniel Andrés Abarca Peña, Rut Nº6.066.757-8, en contra de Alimentos La Creme Limitada, Rut Nº76.388.330-2, declarando que la relación laboral entre las partes ya referidas terminó por incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato de trabajo de la empleadora demandada y, como consecuencia de lo anterior, se condena a esta última al pago de: i. La indemnización sustitutiva del aviso previo por $2.766.240. ii. $30.428.640 por concepto de once años de servicios. iii. Recargo legal del 50% de $15.214.320. II. Se condena igualmente a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: i. $2.216.667 por concepto de 19 días del mes de marzo del 2021. ii. Feriado legal de $4.900.000 del 23 de diciembre del 2018 al 23 de diciembre del 2020. iii. Feriado proporcional de $612.500 del 23 de diciembre del 2020 al 19 de marzo de 2021. iv. Y al pago de las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía, sin perjuicio de que se ordenará remitir oficio a las instituciones referidas para iniciar las acciones de cobro. III. Que, no habiéndose pagados las cotizaciones al momento del despido, el Tribunal declara la sanción de nulidad y se condena a la parte demandada al pago de las remuneraciones que habrían correspondido al trabajador demandante sólo hasta el día 23 de marzo del año 2021, según liquidaciones que se practicará en la etapa de cumplimiento de la presente sentencia. IV. Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan prudencialmente en la suma de $300.000. V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, remítanse los antecedentes al 5º Juzgado Civil de Santiago en los autos rol C-949-2021, a fin de poner en conocimiento el contenido de esta sentencia. VI. Las sumas ordenadas pagar en lo precedente devengarán intereses y reajustes d

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece ante este Tribunal don Daniel Andrés Abarca Peña, demandando a Alimentos La Creme Limitada, Rut Nº76.388.330-2, domiciliado en Eduardo Hyatt Nº158, comuna de Providencia, en actual liquidación concursal según resolución dictada por el 5º Juzgado Civil de Santiago en causa rol C-949-2021 del 19 de marzo del 2021 (…). Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 160, 161, 162, 163, 171, 173, 420, 425, 452 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don Daniel Andrés Abarca Peña, Rut Nº6.066.757-8, en contra de Alimentos La Creme Limitada, Rut Nº76.388.330-2, declarando que la relación laboral entre las partes ya referidas terminó por incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato de trabajo de la empleadora demandada y, como consecuencia de lo anterior, se condena a esta última al pago de: i. La indemnización sustitutiva del aviso previo por $2.766.240. ii. $30.428.640 por concepto de once años de servicios. iii. Recargo legal del 50% de $15.214.320. II. Se condena igualmente a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: i. $2.216.667 por concepto de 19 días del mes de marzo del 2021. ii. Feriado legal de $4.900.000 del 23 de diciembre del 2018 al 23 de diciembre del 2020. iii. Feriado proporcional de $612.500 del 23 de diciembre del 2020 al 19 de marzo de 2021. iv. Y al pago de las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía, sin perjuicio de que se ordenará remitir oficio a las instituciones referidas para iniciar las acciones de cobro. III. Que, no habiéndose pagados las cotizaciones al momento del despido, el Tribunal declara la sanción de nulidad y se condena a la parte demandada al pago de las remuneraciones que habrían correspondido al trabajador demandante sólo hasta el día 23 de marzo del año 2021, según liquidaciones que se practicará en la etapa de cumplimiento de la presente sentencia. IV. Que se c

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 20/09/2022 RUC 21-4-0367550-1 RIT O-6543-2021 CARATULADO ABARCA / ALIMENTOS LA CREME LIMITADA MAGISTRADO FELIPE ANDRÉS NORAMBUENA BARRALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 09:54 HORA DE TERMINO 10:09 SALA VIRTUAL Sa

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