13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MIGUEL ANGEL VARGAS ÁLVAREZ

Rol

O-4045-2024

Fecha

10 de febrero de 2025

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos El día 31 de julio de 2024, aproximadamente a las 10:30 horas, la víctima GEORGINA DE LAS MERCEDES RÍOS RIVERA junto a su hijo, concurrieron a su domicilio, ubicado en Socoroma N° 3453-CH, comuna de Macul, con el fin de solicitar las llaves a su arrendatario, el requerido MIGUEL ANGEL VARGAS ÁLVAREZ, quien reaccionó ofuscado, amenazando de manera seria y verosímil a la denunciante, manifestándole textualmente “Vieja culia, ándate a la chucha, eri sapa, los voy a agarrar a balazos si no se van y las voy a matar, donde los vea los mato”. Delito y grado de desarrollo Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal / consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MIGUEL ANGEL VARGAS ÁLVAREZ, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 31 de julio de 2024, en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: MCDHXSZYSRS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MCDHXSZYSRS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-11T10:40:15-0300

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MIGUEL ANGEL VARGAS ÁLVAREZ, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 31 de julio de 2024, en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: MCDHXSZYSRS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MCDHXSZYSRS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-11T10:40:15-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2400894865-4 RIT : 4045 - 2024 IMPUTADO : VARGAS ÁLVAREZ MIGUEL ANGEL Cédula de Identidad : 0016375625-0 Nacionalidad : CHILENO Fecha de nacimiento : 06-10-1986 Domicilio : Pasaje LOS ESPINOS Nº 3433, Macul PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : diez de febrero de dos mil veinticinco JUEZ : VERONICA PATRICIA HERRERA OCARES

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica