C/ MARISOL DEL CARMEN BOULET DIOCARETZ
Rol
O-282-2024
Fecha
10 de febrero de 2025
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS RECONOCIDOS El día 12 de enero de 2024, siendo las 19:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Danitza Garcés Monsalve, quien se desempeña como Cabo 2° de Carabineros de dotación de la 40° Comisaria Control de Orden Público, se encontraba de servicio en la explanada de Plaza Baquedano, ubicada en Av. Vicuña Mackenna con Av. Providencia, en la comuna de Providencia, toda vez que en lugar se encontraban alrededor de 40 personas manifestándose, momento en que se acercó a ella la requerida MARISOL DEL CARMEN BOULET DIOCARETZ, quien sin motivo alguno y utilizando un megáfono, comenzó a insultar a la Victima diciéndole “guatona culia, chancha culia, tu marido te dejara por gorda, te comes la comida de tus hijos”, luego procedió a amenazarla manifestándole “agarrémonos a combos, te voy a sacar la concha de tu madre” haciendo alusión a que la golpearía, a raíz de lo anterior, la víctima solicitó a la requerida su cedula de identidad para efectuarle un control de identidad investigativo, pero ésta se negó al control de identidad y no quiso entregar su identidad, retirándose del lugar, siendo seguida por personal Carabineros y detenida. Santiago, diez de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°,14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 67 y siguientes, 70, 79 y 496 n°5 del Código Penal; artículos 47, 297, 340 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Código: XRFXXSXZXES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 I.- Que, se condena a MARISOL DEL CARMEN BOULET DIOCARETZ, cédula de identidad número 11.227.658-0, domiciliada en pasaje Cúcuta n°6506, comuna de Peñalolén, a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM), por su participación como autora de la falta consumada de ocultación de identidad, prevista y sancionada en el artículo 496 n°5 del Código Penal, perpetrada el día 12 de enero de 2024, en la comuna
Fallo
se declara: Código: XRFXXSXZXES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 I.- Que, se condena a MARISOL DEL CARMEN BOULET DIOCARETZ, cédula de identidad número 11.227.658-0, domiciliada en pasaje Cúcuta n°6506, comuna de Peñalolén, a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM), por su participación como autora de la falta consumada de ocultación de identidad, prevista y sancionada en el artículo 496 n°5 del Código Penal, perpetrada el día 12 de enero de 2024, en la comuna de Providencia. II.- Que la pena pecuniaria impuesta se tendrá por cumplida en atención al día que la requerida pasó a control por estos hechos, a saber, el día 13 de enero de 2024. III.- Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa por haber admitido responsabilidad en los hechos, evitándose los costos de un juicio propiamente tal. Se renuncia a plazos y recursos legales en contra de la presente sentencia; por lo tanto, certifíquese su ejecutoria y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Se dejan sin efecto las medidas cautelares que se encontraban vigentes en contra de la imputada. Regístrese. RUC 2400053933-K RIT 282-2024 DICTADA POR ESTEFANÍA ASENJO ARELLANO, MAGISTRADA DEL OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTIA, EN CUMPLIMIENTO
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1 OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN RUC : 2400053933-K RIT : 282-2024 MATERIA : FALTA OCULTACIÓN DE IDENTIDAD 496 N°5 IMPUTADO : MARISOL DEL CARMEN BOULET DIOCARETZ DEFENSOR PRIVADO : JORGE PALMA FISCAL : XIMENA COCCA RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : NO SE INVOCAN AGRAVANTES : NO SE INVOCAN HECHOS RECONOCIDOS El día 12 de enero de 2024, siendo l
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