CARTAGENA/FLY AIRPORT SERVICES S.P.A.
Rol
O-4921-2021
Fecha
15 de septiembre de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El tribunal recibe la causa prueba fijando los siguientes puntos: 1. La fecha de inicio y término de la relación laboral. 2. Fundamento del autodespido, hechos y circunstancias relacionado al mismo. Existencia de la carta de autodespido. En caso de afirmativa, contenido de la carta de autodespido y efectividad de los hechos allí descritos, cumplimiento de las formalidades legales respecto del envío de la misma. 3. Última remuneración mensual del actor, o en su caso, promedio de los últimos tres meses íntegramente trabajados; rubros que la componían. 4. Efectividad de adeudar la demandada al actor las siguientes prestaciones: a. Feriado legal y/o proporcional b. Cotizaciones de seguridad social. En la afirmativa, monto y períodos que se adeudan. 5. Efectividad de haber prestado el actor servicios en régimen de subcontratación respecto de la demandada solidarias, en la asertiva, tiempo en el cual prestó servicios en dicha modalidad, efectividad de haber hecho uso las demandadas del derecho de información y retención conforme lo dispone el artículo 183 C y siguientes del Código del trabajo. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que el demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental. 1) Contrato individual de trabajo full-time entre el actor y la empresa demandada principal, de fecha01.03.2018. b. Liquidación de remuneraciones de octubre de 2018. c. Certificado de cotizaciones pagadas emitido por ISAPRE COLMENA respecto del actor, de fecha 12.08.2021. d. Detalle de morosidad emitido por ISAPRE COLMENA respecto del actor. e. Carta dirigida por ISAPRE COLMENA al actor, de fecha 22.06.2021. f. Certificado de desafiliación emitido por ISAPRE COLMENTA respecto del actor, de fecha 10.08.2021. g. Certificado de cotizaciones previsionales impagas emitido por AFP PROVIDA respecto del actor, de fecha 10.08.2021. h. Certificado de cotizaciones previsionales acreditadas de cuenta individual por cesantía
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JEFFERSON HUMBERTO CARTAGENA ARRIAGADA, cédula nacional de identidad N° 15.351.736-3, en contra de FLY AIRPORT SERVICES S.P.A., rol único tributario 76.379.102-5, representada legalmente por RODOLFO GABRIEL VERA GUZMÁN, cédula nacional de identidad 10.394.325-6, todos previamente individualizados y se declara que el auto despido ejecutado por el propio trabajador el día 23 de agosto de 2021 se encuentra justificado y en consecuencia se condena a la demandada antes señalada apagar al actor lo siguiente: 1. $ 937.644, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. $ 2.812.932, por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $ 1.406.466, por concepto de recargo del 50% de la indemnización por años de servicio. 4. $ 1.600.000, por concepto de feriados. II.- Que las sumas antes señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que la demandada deberá enterar en ISAPRE COLMENA las cotizaciones de salud del demandante correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2018; todo el año 2019; abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, y fe
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, quince de septiembre de dos mil veintidós. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-4921-2021, Por despido indirecto nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don JEFFERSON HUMBERTO CARTAGENA ARRIAGADA, cédula nacion
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica