Juzgado de Garantía de Angol

MINISTERIO PUBLICO C/ EMILIO ALEXANDER VALLADARES SANDOVAL

Rol

O-1801-2024

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: Que en el marco de una investigación desarrollada por la fiscalía local de Angol conjuntamente con la Brigada Antinarcóticos y de Crimen Organizado de la Policía de Investigaciones de Angol, se logró establecer que desde una fecha indeterminada y hasta el día 30 de Julio del año 2024 inclusive, una agrupación de personas formada por los acusados EMILIO ALEXANDER VALLADARES SANDOVAL y CRISTOPHER WILLIAMS ALEXANDER FERRADA PALMA, se dedicaban coordinadamente al tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, las que eran adquiridas por los miembros de esta agrupación, con la finalidad de ser distribuidas, y luego suministradas o comercializadas por éstos, a distintos proveedores y consumidores de la comunas de Angol utilizando para ello el inmueble ubicado en Pasaje Venezuela N° 1022, comuna de Angol . En el mismo contexto y previa autorización judicial de entrada, registro e incautación otorgada por el Juzgado de Garantía de Angol, con fecha 30 de Julio de 2024, alrededor de las 20:30 horas, personal policial a cargo, ingresó al domicilio de los acusados, ubicado en Pasaje Venezuela Nº 1022, Villa Las Naciones, comuna de Angol, procediendo a la detención de los acusados, toda vez que se encontraban en posesión y/o guarda de 31 envoltorios de papel cuadriculado contenedores todos de una sustancia de color beige, que resultó ser cocaína Código: KXNYXSXBDUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl base con un peso de 25,57 gramos; además de una balanza digital, y trozos de papel cuadriculado utilizados para la dosificación de la droga que comercializaban, además de $155.700 en dinero en efectivo que se encontraba al interior del domicilio. Asimismo, en el marco del procedimiento, fueron incautados un equipo de cámaras utilizados para la actividad ilícita que ejecutaban, además de teléfonos celulares, y la suma de $859.000. Finalmente, se hace presente, que, de manera previa a la diligenc

Fundamentos

CONSIDERANDO: En mérito de las consideraciones y disposiciones legales que han quedado consignadas en el registro de audio de la presente audiencia,

Fallo

se declara: I.- Que se condena a don EMILIO ALEXANDER VALLADARES SANDOVAL y CRISTOPHER WILLIAMS ALEXANDER FERRADA PALMA, ya individualizados a cada uno a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, más la suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual por la responsabilidad que en carácter de autores les ha correspondido en el delito de Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, en grado de consumado perpetrado en esta comuna alrededor del mes de julio del año 2024. II.- Que respecto de ambos imputados deberá considerarse un abono de 189 días por los cuales, han estado privados de libertad en esta causa, que en razón de ello las penas pecuniarias impuestas a ambos encausados se darán por cumplidas por el tiempo que han estado privado de libertad. III.- Que respecto de la pena privativa de libertad esta deberá ser cumplida de manera efectiva, por no cumplir los sentenciados ninguno de los requisitos de la ley 18.216, deberá ser cumplida en el recinto que determine Gendarmería es Chile, en el caso de ambos imputados, se sugiere desde ya al Centro de Detención Penitenciario de la ciudad de Angol, se evalúe la factibilidad de que los imputados cumplan efectivamente su condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Mulchén o en su defecto de Los Ángeles, por tener allí su entorno referencial familiar a lo que debe sumarse el hecho de que

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Individualización de Audiencia de Procedimiento Abreviado y sentencia. Fecha Angol, cinco de febrero de dos mil veinticinco Magistrado JUAN MAURICIO POBLETE ERICES Fiscal LUIS ALFREDO ESPINOZA ARÉVALO Defensor ROGER GONZALEZ ALTAMIRANO Defensora privada KATHERINE CASTILLO Hora inicio 13:16 PM Hora termino 13:27 PM Sala Sala Audiencias Nº 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Angol. Acta mvu RUC 24007

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