1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

OSPINA/COMERCIALIZADORA STIGMA SPA

Rol

O-6577-2021

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 63, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 453, 454 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña Jenny Tatiana Ospina Alzate, Cédula de Identidad N° 25.626.255-K en contra de en contra de IMPORTADORA BKIU SPA, Rol Único Tributario Nº 76.479.093-6, en contra de don LUIS ENRIQUE VELOSO MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 11.839.553-0, en contra de TEMPVS SPA, Rol Único Tributario N°77.052.486-5 y en contra de COMERCIAL STIGMA SPA, RUT N°76.877.885, declarándose que las demandadas constituyen un empleador único en los términos del artículo 3° del Código del Trabajo y deberán responder solidariamente de las prestaciones a las que se han condenados todas ellas. II. Se declara la existencia de la relación laboral entre la demandante y las demandadas desde el 10 de marzo de 2017 al 28 de junio de 2021. III. Que el despido sufrido con fecha 28 de junio de 2021 no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral, en las condiciones que estable el artículo 162 del Código del Trabajo, debiendo pagarse remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde la fecha de la separación hasta la fecha de la convalidación del despido, entendiendo por tal el pago de las cotizaciones previsionales del periodo efectivamente trabajado. IV. Que el despido ha sido carente de causal, debiendo pagarse las siguientes indemnizaciones por término de contrato: a) Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo por $ $520.625.- b) Indemnización por años de servicios por $ $2.082.500.- c) Recargo legal por la suma de $1.041.250.- V. Que además, se deberán pagar las cotizaciones previsionales del periodo efectivamente trabajado,

Fundamentos

Fundamentos serán expuestos en sentencia definitiva. Testimonial: 1. Previo juramento e individualización, doña Johana Saavedra, Cédula de Identidad N° 27.212.548-1, expone Otros medios de prueba: Oficios: 1. INSPECCIÓN DEL TRABAJO a fin de que remita informe de unidad económica de las demandadas, conforme al artículo 3° del código del trabajo. Téngase por incorporada la respuesta de oficio. Exhibición de documentos: La parte demandante solicita que a la parte demandada exhiban en la audiencia de juicio los siguientes documentos, bajo el apercibimiento legal establecido en el artículo 453 N°5 del Código del Trabajo en caso de no cumplir: Importadora Bkiu SpA 1. Copia de carta de despido con su respectivo comprobante de envío. 2. Comprobante de uso de feriados de toda la relación laboral debidamente firmado por la trabajadora. Atendida la incomparecencia de las demandadas, la parte demandante solicita hacer efectivo el apercibimiento legal. El tribunal resuelve: Déjese su resolución para sentencia definitiva. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Constan íntegramente en audio. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA El tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. En Santiago, a quince de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña Jenny Tatiana Ospina Alzate, Cédula de Identidad N° 25.626.255-K, con domicilio en Calle Villasana N°1451, dpto. N°1505 c, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo demanda en Procedimiento de aplicación general, en contra de IMPORTADORA BKIU SPA, Rol Único Tributario Nº 76.479.093-6, TEMPVS SPA, Rol Único Tributario N°77.052.486-5, COMERCIAL STIGMA SPA, RUT N°76.877.885- representadas todas por don LUIS ENRIQUE VELOSO MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 11.839.553-0 y en contra de don LUIS ENRIQUE VELOSO MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 11.839.553-0 todos ellos, con domiciliados en calle Manzano N° 377, Of. 301, comuna de Recoleta.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 63, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 453, 454 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña Jenny Tatiana Ospina Alzate, Cédula de Identidad N° 25.626.255-K en contra de en contra de IMPORTADORA BKIU SPA, Rol Único Tributario Nº 76.479.093-6, en contra de don LUIS ENRIQUE VELOSO MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 11.839.553-0, en contra de TEMPVS SPA, Rol Único Tributario N°77.052.486-5 y en contra de COMERCIAL STIGMA SPA, RUT N°76.877.885, declarándose que las demandadas constituyen un empleador único en los términos del artículo 3° del Código del Trabajo y deberán responder solidariamente de las prestaciones a las que se han condenados todas ellas. II. Se declara la existencia de la relación laboral entre la demandante y las demandadas desde el 10 de marzo de 2017 al 28 de junio de 2021. III. Que el despido sufrido con fecha 28 de junio de 2021 no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral, en las condiciones que estable el artículo 162 del Código del Trabajo, debiendo pagarse remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde la fecha de la separación hasta la fecha de la convalidación del despido, entendiendo por tal el pago de las cotizaciones previsionales del periodo efectivamente trabajado. IV. Que el despido ha sido carente de causal, debiendo pagarse las siguient

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 15 de septiembre de 2022 RUC 21-4-0367854-3 RIT O-6577-2021 CARATULADO OSPINA / COMERCIALIZADORA ST MAGISTRADO EDUARDO ALEJANDRO RAMÍREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 09:11 - 09:55 HORA DE TERMINO 09:29 - 10:12

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