Juzgado de Garantía de Valdivia

MP C/ DANIEL ALEJANDRO DÍAZ VERGARA

Rol

O-660-2025

Fecha

8 de febrero de 2025

Materia

PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: En Valdivia el día 7 de febrero del año dos mil veinticinco siendo las diez cincuenta y nueve horas aproximadamente en circunstancias en que Carabineros efectuaba un control vehicular al vehículo marca Jac modelo J2 color plateado año dos mil catorce placa patente FZ GL 66 conducido por Daniel Alejandro Díaz Vergara, Carabineros se percató que en el habitáculo del vehículo el imputado mantenía una radio portátil marca BOFENG color negro elemento utilizado para cometer el delito de robo toda vez que este elemento permite bloquear el cierre centralizado de vehículos permitiendo así la sustracción de especies del interior, este elemento es conocido comúnmente como un inhibidor de señal no dando el imputado justificación suficiente respecto a su porte. El lugar en el que fue este procedimiento fue en la localidad de Niebla ruta tres cincuenta y cuatro población Miramar (sic) Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2500182952-4 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 31, 62 a 70, 5 del Código Penal; artículos 3 8, 388 al 391, 393 al 395 del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216, se declara: 1 Que se CONDENA a DANIEL ALEJANDRO DÍAZ VERGARA, chileno, cédula de identidad N° 19.555.301-7, domiciliado en calle Beneficencia N° 305, de la ciudad de Valdivia, con forma especial de notificación al correo suerteakiles@gmail.com, a la pena, CUARENTA Y UN DÍAS (41) DÍAS PRESIÓN EN SU GRADO MÁXIMO suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso, por su responsabilidad, como autor, del delito consumado de, TENER INSTRUMENTOS DESTINADOS CONOCIDAMENTE PARA EFECTUAR EL DELITO DE ROBO Y NO DAR DESCARGO SUFICIENTE SOBRE SU ADQUISICIÓN O CONSERVACIÓN, previsto sancionado en el artículo 5 del Código Penal, cometido en el día 07 de febrero de 2025, en la ciudad de Valdivia. Código: XRVEXSX

Fallo

Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 31, 62 a 70, 5 del Código Penal; artículos 3 8, 388 al 391, 393 al 395 del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216, se declara: 1 Que se CONDENA a DANIEL ALEJANDRO DÍAZ VERGARA, chileno, cédula de identidad N° 19.555.301-7, domiciliado en calle Beneficencia N° 305, de la ciudad de Valdivia, con forma especial de notificación al correo suerteakiles@gmail.com, a la pena, CUARENTA Y UN DÍAS (41) DÍAS PRESIÓN EN SU GRADO MÁXIMO suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso, por su responsabilidad, como autor, del delito consumado de, TENER INSTRUMENTOS DESTINADOS CONOCIDAMENTE PARA EFECTUAR EL DELITO DE ROBO Y NO DAR DESCARGO SUFICIENTE SOBRE SU ADQUISICIÓN O CONSERVACIÓN, previsto sancionado en el artículo 5 del Código Penal, cometido en el día 07 de febrero de 2025, en la ciudad de Valdivia. Código: XRVEXSXLCTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:suerteakiles@gmail.com 2. Que, respecto de la pena privativa de libertad, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 5 ,6 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD. Una ejecutoriada la presente sentencia el imputado tiene un plazo de 5 días para

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, ocho de febrero de dos mil veinticinco HECHOS: En Valdivia el día 7 de febrero del año dos mil veinticinco siendo las diez cincuenta y nueve horas aproximadamente en circunstancias en que Carabineros efectuaba un control vehicular al vehículo marca Jac modelo J2 color plateado año dos mil catorce placa patente FZ GL 66 conducido por Daniel Alejandr

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