Juzgado de Garantía de San Bernardo

NN C/ MARCOS GABRIEL FARÍAS AGUILERA

Rol

O-3225-2024

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 02 de abril de 2024, a las 17:30 horas aproximadamente, al interior de su domicilio ubicado en calle Gerardo Besoaín N° 1911 de la comuna de San Bernardo, el imputado MARCOS GABRIEL FARÍAS AGUILERA, fue sorprendido por funcionarios de carabineros en posesión, manteniendo bajo su poder, el vehículo tipo furgón marca MAXUS, modelo G 10 Cargo, patente PYZB-27, vehículo destinado a la entrega de Correos de Chile, el cual había sido sustraído mediante el delito de Robo con Intimidación, a las 14:00 horas aproximadamente, del mismo día 02.04.2024, en la comuna de El Bosque, conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado, el origen ilícito del vehículo en su poder. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70 456 bis A del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, de la Ley No. 18.216, se declara: i.- Que se condena a MARCOS GABRIEL FARÍAS AGUILERA, a la pena de 541 días de prisión presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que Código: LNZJXSPBEZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 permaneció privado de libertad el imputado en la causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de Receptación de Vehículo Motorizado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, d

Fallo

se declara: i.- Que se condena a MARCOS GABRIEL FARÍAS AGUILERA, a la pena de 541 días de prisión presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que Código: LNZJXSPBEZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 permaneció privado de libertad el imputado en la causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de Receptación de Vehículo Motorizado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 02 de abril de 2024. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 5 de la Ley No. 18.216 y las demás que el referido organismo le imparta. Que no existen abonos de tiempo que considerar por no haber permanecido detenido, privado de liber

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : cinco de febrero de dos mil veinticinco. Imputado : MARCOS GABRIEL FARÍAS AGUILERA, cédula de identidad N° 16.571.736-8, con domicilio en Calle Gerardo Besoain Nº 1911, comuna de San Bernardo. Fiscal : PAMELA TORRES ORMEÑO

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