C/ JHON ALEXIS NAZARIT CARABALI
Rol
O-3975-2023
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 25, 26, 29, 50 y siguientes 432, 436 y 439, todos del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena a JHON ALEXIS NAZARIT CARABALI, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de robo con intimidación, hecho perpetrado el día 26 de agosto del año 2023, en un sector de la comuna de Estación Central, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, todo ello sin costas. II.- Que en cuanto se pudo escuchar al representante del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se procede a reemplazar la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del Territorio de la República, así se cumple en cuanto a que el sentenciado es un extranjero que no tiene residencia legal en el país, como se informó el Ministerio del Interior, por lo cual no podrá regresar al Territorio de la República en un plazo de 10 años a contar del día de hoy; si regresara dentro del plazo de 10 años se revocará la presente pena de expulsión, debiendo cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta y se le reconoce como abono todo el tiempo que se ha encontrado en la causa privado de libertad desde el día 25 de agosto del año 2023, lo que suma 531 días. III.- Finalmente cúmplase con determinar la huella genética del condenado, según el artículo 17 de la Ley 19.970. IV.- La pena de expulsión deberá ejecutarse en un plazo de 90 días a contar de esta fecha. Código: SJBCXSXSNTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: SJBCXSXSNTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-09T20:01:25-0300
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a JHON ALEXIS NAZARIT CARABALI, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de robo con intimidación, hecho perpetrado el día 26 de agosto del año 2023, en un sector de la comuna de Estación Central, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, todo ello sin costas. II.- Que en cuanto se pudo escuchar al representante del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se procede a reemplazar la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del Territorio de la República, así se cumple en cuanto a que el sentenciado es un extranjero que no tiene residencia legal en el país, como se informó el Ministerio del Interior, por lo cual no podrá regresar al Territorio de la República en un plazo de 10 años a contar del día de hoy; si regresara dentro del plazo de 10 años se revocará la presente pena de expulsión, debiendo cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta y se le reconoce como abono todo el tiempo que se ha encontrado en la causa privado de libertad desde el día 25 de agosto del año 2023, lo que suma 531 días. III.- Finalmente cúmplase con determinar la huella genética del condenado, según el artículo 17 de la Ley 19.970. IV.- La pena de expulsión deberá ejecutarse en un plazo de 90 días a contar de esta fecha. Código: SJBCXSXSNTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valid
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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, seis de febrero de dos mil veinticinco. Procedimiento Abreviado R.U.C. 2300924674-6 R.I.T. 3975 - 2023 JUEZ RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ ABOG MIN INTERIOR VICENTE FERRETI presente FISCAL RUBICEL MACARENA GUERRERO LILLO DEFENSOR MARÍA DEL CARMEN CASTILLO SARAVIA IMPUTADO JHON ALEXIS NAZARIT CARABALI RUT
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