ROBERTO ANTONIO ROMERO CONTRERAS C/ CARLOS MARCELO ÓRDENES CIFUENTES
Rol
O-1301-2023
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : El imputado CARLOS ÓRDENES CIFUENTES encontrándose en su local comercial, ubicado en SERRANO número 178 comuna de Buin, adquirió en el año 2020, el vehículo marca CITROEN modelo C3. placa patente única JZZY52, que había sido previamente apropiado indebidamente por JOHN ROBINSON VEGA, la víctima ROBERTO ROMERO CONTRERAS, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo. Calif jurídica : Receptación de vehículo motorizado, autor, consumado. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70, 456 bis A del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4 y 38 de la Ley No. 18.216, se declara: i.- Que se condena a CARLOS MARCELO ÓRDENES CIFUENTES, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM. - y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de Receptación de Vehículo Motorizado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al Código: HSKMXSPXEZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 18 meses, sujeto a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones
Fallo
se declara: i.- Que se condena a CARLOS MARCELO ÓRDENES CIFUENTES, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM. - y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de Receptación de Vehículo Motorizado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al Código: HSKMXSPXEZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 18 meses, sujeto a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 5 de la Ley No. 18.216 y las demás que el referido organismo le imparta. Que no existen abonos de tiempo que considerar por no haber permanecido detenido, privado de libertad en conformidad a la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal o sujeto a prisión preventiva el sentenciado en la causa, fuera del tiempo imputado al pago de la multa impuesta. Que para el evento que la pena sustitutiva decretada al sentenciado le fuere revocada, deberá cumplir el s
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : cinco de febrero de dos mil veinticinco. Imputado : CARLOS MARCELO ÓRDENES CIFUENTES, cédula de identidad N° 0017871661-1, con domicilio en Calle EDELMIRA DEL CARMEN MUNOZ Nº 168, comuna de Buin. Fiscal : VLADIMIR CHANDIA VERA. Defensor : DARÍO PANTOJA MARTÍNEZ, cédula de identidad N°0
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