Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

RENDIC HERMANOS S.A/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO BIO BIO (LOS ANGELES)

Rol

I-28-2022

Fecha

15 de septiembre de 2022

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-28-2022, compareciendo don Enrique Uribe Errázuriz, abogado, en representación de RENDIC HERMANOS S.A., persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en calle Colón número 600 de esta ciudad, asistida legalmente por la abogada doña María Catalina Harris Bisquertt, y la demandada INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO DE BIO BIO, representada por doña Ruth Infante Seguel, ambas domiciliadas en calle Mendoza número 276 de esta ciudad, asistida por el abogado don Patricio Pinilla Valencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que don Enrique Uribe Errázuriz, en representación de Rendic Hermanos S.A., interpuso reclamo en contra de la Inspección Provincial de Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel, solicitando acogerla a tramitación y que en definitiva se declare que: a) Que se deja sin efecto la multa número 8510/22/21. En subsidio, se rebaje al máximo legal. b) Que se condene en costas a la reclamada o en subsidio se exima a su representada de su pago. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que la demandada al contestar el libelo deducido en su contra, solicita desde ya el rechazo de esa acción de reclamación en todas sus partes, con expresa condenación en costas. CUARTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la empresa demandante Rendic Hermanos S.A. rindió la siguiente prueba: 1.- DOCUMENTAL: a) Resolución de multa número 8510/22/21 de 28 de junio del presente año impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio a la empresa reclamante. b) Correo electrónico remitido el 05 de julio del año en curso por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio a la demandante que informa término de fiscalización número 0803/2022/503 con multa administrativa. c) Anexo de contrato de trabajo celebrado el 01 de junio de 2021 por doña Joselin Estefanía Henríquez Jara, como trabajadora, y Rendic Hermanos S.A., como empleadora, en virtud del cual se cambian las funciones desempeñadas por aquélla, pasando a ejecutar labores de operador tienda. d) Anexo de contrato de trabajo celebrado el 01 de junio de 2021 por don José Fermín Quezada Cifuentes, como trabajador, y Rendic Hermanos S.A., como empleadora, en virtud del cual se cambian las funciones desempeñadas por aquél, pasando a ejecutar labores de operador tienda. e) Anexo de contrato de trabajo celebrado el 01 de junio de 2021 por don Neftalí Alcides Sanhueza Vásquez, como trabajador, y Rendic Hermanos S.A., como empleadora, en virtud del cual se cambian las funciones desempeñadas por aquél, pasando a ejecutar labores de operador tienda. f) Ordinario número 503 de 30 de marzo del año en curso de la Dirección del Trabajo que emite pronunciamiento respecto de la legalidad de las cláusulas contractuales relativas al cargo “operador tienda”, a petición de la Federación Nacional de Sindicatos Unimarc. g) Circular número 29 de 17 de mayo del presente año de la Dirección del Trabajo que instruye programa nacional de fiscalizaciones a locales Unimarc, adjuntándose anexo de locales. h) Manual de procedimiento de fiscalización de la Dirección del Trabajo, versión octubre de 2021. i) Reglamento Interno de Orden

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza en todas sus partes la reclamación deducida por don Enrique Uribe Errázuriz, en representación de Rendic Hermanos S.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel. II.- Que se condena en costas a la empresa demandante, regulándose las personales en $250.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-28-2022 Ruc N° 22-4-0417415-4 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON SERGIO YÁÑEZ ARELLANO. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES.

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, quince de septiembre de dos mil veintidós.      VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-28-2022, compareciendo don Enrique Uribe Errázuriz, abogado, en representación de RENDIC HERMANOS S.A., persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en calle Colón número 600 de esta ciudad, asistid

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