12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ARNALDO ENRIQUE GONZÁLEZ MARDONES

Rol

O-4003-2024

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 03 de septiembre del año 2024, pasadas las 15.00 horas, en el exterior del domicilio ubicado al frente del Pasaje Uno Oriente N°8473 de la Comuna de La Granja, el imputado ARNALDO ENRIQUE GONZALEZ MARDONES mantenía en su poder dos llantas completas marca Force con neumáticos marca Good Year aro 18 , pintadas de color negro con bordes azules ,las cuales eran ofrecidas a la venta por Marketplace y que correspondían al vehículo Nissan P.P.U. GCRS.21 perteneciente a la víctima de iniciales L.A.P.P., las que le habían sido sustraídas el 26 de agosto de 2024 desde el exterior del taller ubicado en calle Fernández Albano N°1237, Comuna de San Ramón, ya que las había pintado, hecho denunciado en horas de la mañana del día 3 de septiembre de 2024 en la 13 Comisaria de La Granja. El imputado sabía o no podía menos que saber el origen ilícito de las especies mencionadas toda vez que al momento de ser encontrado con las llantas en su poder las llevaba en un triciclo cubriéndolas con madera para no ser vistas a simple vista. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11, 12, 14, 15, 30, 49, 456 BIS a) del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal. SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ARNALDO ENRIQUE GONZÁLEZ MARDONES, ya individualizado, a la pena de CIENTO CINCUENTA Y CINCO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, consistente en la suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE ESPECIES, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS a) del Código Penal, grado de desarrollo CONSUMADO, por los hechos acaecidos el día 03 de septiembre del año 2024, en la comuna de LA GRANJA. II.- Que atendido que el imputado ha permanecido privado de libertad, en razón de esta causa, desde el día 04 de septiembre del año 2024 al día de hoy, es decir, CIENTO CINCUENTA Y SEIS DÍAS, en form

Fundamentos

considerando UN DÍA para aquello. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos. SENTENCIA EJECUTORIADA. Dictada por doña GRACIEL ALEJANDRA MUÑOZ TAPIA, Juez titular Duodécimo Juzgado de Garantía. Código: HSXPXSXCXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HSXPXSXCXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-07T14:12:14-0300

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ARNALDO ENRIQUE GONZÁLEZ MARDONES, ya individualizado, a la pena de CIENTO CINCUENTA Y CINCO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, consistente en la suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE ESPECIES, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS a) del Código Penal, grado de desarrollo CONSUMADO, por los hechos acaecidos el día 03 de septiembre del año 2024, en la comuna de LA GRANJA. II.- Que atendido que el imputado ha permanecido privado de libertad, en razón de esta causa, desde el día 04 de septiembre del año 2024 al día de hoy, es decir, CIENTO CINCUENTA Y SEIS DÍAS, en forma ininterrumpida, se tiene por cumplida la pena principal, esto los CIENTO CINCUENTA Y CINCO DÍAS. Y además la pena de multa también se tiene por cumplida de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, considerando UN DÍA para aquello. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos. SENTENCIA EJECUTORIADA. Dictada por doña GRACIEL ALEJANDRA MUÑOZ TAPIA, Juez titular Duodécimo Juzgado de Garantía. Código: HSXPXSXCXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HSXPXSXCXXR Este documento tiene firma elect

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RESUMEN RIT : 4003 - 2024 RUC : 2401048953-5 MATERIA : RECEPTACION DE ESPECIES IMPUTADO : ARNALDO ENRIQUE GONZÁLEZ MARDONES C.I. N° : 13704474-9 DOMICILIO : 2 ORIENTE Nº8454, LA GRANJA FISCAL : MARCO ANTONIO NUÑEZ NUÑEZ DEFENSOR : DAGLAS GUILLERMO FINSCHI JARA ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N°9 CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : ARTÍCULO 12 N°15 CÓDIGO PENAL RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Sant

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