CRISTOBAL ANDRES MERLET ALBARRACÃN C/ BORIS ESTEBAN FERRER JARA
Rol
O-274-2024
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal y de los intervinientes. Que el día miércoles veintinueve de enero de dos mil veinticinco, se llevó a efecto, ante esta sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, audiencia de juicio oral, seguido en causa RUC 2100510304-2 y RIT 274-2024, presidida por la magistrada doña María Alejandra Cuadra Galarce, e integrada además por las magistradas doña Antonia del Carmen Godoy Medina y por doña Ruby Vanessa Sáez Landaur, las dos primeras subrogando legalmente como juezas del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad y la última como jueza del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en contra del acusado de Boris Esteban Ferrer Jara, cédula de identidad Nº 12.919.048-5, nacido en Concepción el 31 de octubre de 1975, 49 años, casado, ingeniero civil informático, domiciliado en Lincoyán N° 1050, departamento 603, comuna de Ñuñoa, representado por los abogados Defensores Penales Públicos, don Matías Fuentes Oviedo y don José Quiroga Robles, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Compareció como acusadora, la señora Fiscal del Ministerio Público, doña Ximena Cocca, con sus datos ya incorporados en la causa. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos de la acusación consisten en los siguientes: “El día 15 de mayo de 2021, aproximadamente a las 23:15 horas, el imputado BORIS FERRER JARA condujo el vehículo placa patente única HPPR-13, por calle Eliecer Parada, en dirección al norte y al llegar a la intersección de Avenida Senador Jaime Guzmán , en la comuna de Ñuñoa, participa de un accidente de tránsito colisionando con el conductor de una bicicleta, la víctima, Cristóbal Merlet Albarracín, quien cruzaba la calzada en dirección al sur -oriente, por la acera sur poniente de la Avenida Senador Jaime Guzmán, sin poder establecerse la causa basal del accidente de tránsito. La víctima impacta contra la carrocería del vehículo y cae al piso golpeándose en la cabeza y otras partes de su cuerpo, luego de lo cual, el imputado levanta a la Código: DXCXXSRPXHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl víctima del suelo, subiéndolo a su vehículo junto a la bicicleta y se dirige a su domicilio ubicado en Lincoyán N° 1050 departamento N° 603 en la comuna de Ñuñoa, permaneciendo en dicho lugar un tiempo no precisado, para posteriormente en compañía de un sujeto no identificado, el imputado traslada a la víctima a la Clínica Santa María ubicada en Avenida Santa María N° 0500, en la comuna de Providencia, siendo aproximadamente la 01:00 horas del día 16/05/2021, retirándose del lugar, sin dar cuenta del accidente a la autoridad policial más inmediata. La víctima posteriormente es diagnosticada con lesiones consistentes en erosión de mentón, herida contusa labio superior, herida contusa ceja izquierda, erosiones en ambas manos, fractura dentaria sospechosa, de carácter menos graves q
Fallo
se acuerda como lo subió, pero si que lo subió por el lado contrario del chofer. Ella lo notaba medio mareado. Refiere que le dice que llame la ambulancia, pero no le escucharon. La camioneta, estaba en dirección hacia el sur. Recuerda que, al otro día, llegó el hermano del joven, de Cristóbal y le preguntó si vio algo y ella dijo lo mismo, que vio al joven en el suelo y que se veía la camioneta y la bicicleta que se veía media torcida. A la defensa dice que usa lentes para ver de día porque es miope. El día de los hechos, fue de noche, y cree que estaba a unos 20 metros, estaba en la esquina de al frente. No vio al accidente, y escuchó algo, quizás al niño que lloraba y se levantó a mirar por la ventana. Ella Código: DXCXXSRPXHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cree que le escucharon por el silencio de la noche. La persona no la tomó en cuenta, no interactuaron. Agrega que ese día se puso los lentes. No sabe para donde se fueron. A las preguntas en virtud del artículo 329 del Código Procesal Penal del Tribunal, dice que no hubo interacción con las personas. A las preguntas en virtud del artículo 329 del Código Procesal Penal, de la defensa, indica que el niño decía papa vámonos. Y tenía la atención puesta en el niño. Relato de Juan Pablo Merlet Albarracín, dice que el día 16, no se acuerda bien del mes, del año 2021, recibió un llamado de su madre y le dice que su hermano, Cristóbal tuvo un accidente
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MINISTERIO PÚBLICO C/ BORIS ESTEBAN FERRER JARA. RUC: 2100510304-2. RIT: 274-2024. DELITO: Incumplimiento del artículo 195 inciso 2° de la Ley 18.290. (Dar cuenta a la autoridad) Santiago, viernes siete de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal y de los intervinientes. Que el día miércoles veintinueve de enero de dos mil veinticinco, se ll
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