Juzgado de Garantía de Los Lagos

JOSOHANY ANDREA PEREZ PALMA C/ ESTEBAN ORLANDO GUTIÉRREZ ARANEDA

Rol

O-504-2023

Fecha

6 de febrero de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2300325489-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a don ESTEBAN ORLANDO GUTIÉRREZ ARANEDA, cédula de identidad Nº 0016207172-6, ya individualizado, al pago de dos multas a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de dos delitos consumados de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el 399 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fechas 23 de marzo y 08 de abril del año 2023. II.- Que la multa impuesta será pagadera en su valor nominativo conforme formulario que le será entregado por el tribunal, facultándose el pago de la multa en dos parcialidades mensuales, iguales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, con vencimiento los primeros cinco días de cada mes, comenzando el mes siguiente en que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. El no pago de una de las cuotas o parcialidades hará exigible el pago total de la multa impuesta o del saldo insoluto en su caso. En caso que no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, si el condenado consintiere en ello y, en caso contrario, se impondrá por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose en un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado en razón de haber aceptado responsabilidad en los hechos con el consiguiente ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento oportunamente a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 504 - 2023. RUC 2300325489-5. Dictada por Juez de Garantía de Los Lagos, con Firma Digital Avanzada. Código: EPZMXSZEXRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a don ESTEBAN ORLANDO GUTIÉRREZ ARANEDA, cédula de identidad Nº 0016207172-6, ya individualizado, al pago de dos multas a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de dos delitos consumados de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el 399 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fechas 23 de marzo y 08 de abril del año 2023. II.- Que la multa impuesta será pagadera en su valor nominativo conforme formulario que le será entregado por el tribunal, facultándose el pago de la multa en dos parcialidades mensuales, iguales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, con vencimiento los primeros cinco días de cada mes, comenzando el mes siguiente en que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. El no pago de una de las cuotas o parcialidades hará exigible el pago total de la multa impuesta o del saldo insoluto en su caso. En caso que no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, si el condenado consintiere en ello y, en caso contrario, se impondrá por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose en un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado en razón de haber aceptado responsabilidad en los hechos con el consiguiente ahorro de recursos fi

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Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, seis de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2300325489-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a don ESTEBAN ORLANDO GUTIÉRREZ ARANEDA, cédula de identidad Nº 0016207172-6, ya individualizado, al pago d

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