Juzgado de Garantía de San Bernardo

NN C/ JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO

Rol

O-525-2024

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 15 de enero de 2024, siendo aproximadamente las 23:00 horas aproximadamente, el requerido JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, condujo el vehículo marca Suzuki, modelo Alto, P.P:U BGHC-74, en manifiesto estado de ebriedad, por calle Bulnes con intersección calle Esmeralda, comuna de San Bernardo. Al examen intoxilyzer el requerido JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, arrojó como resultado 2,20 gramos por litro en la sangre. Al examen de alcoholemia el requerido JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, arrojó como resultado 2,55 gramos por litro en la sangre. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70 del Código Penal; 196 y 110 de la Ley N° 18.290; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 38 de la Ley No. 18.216, se declara: i.- Que se condena a JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, a la pena de Código: XCXZXSCPXQQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado(a) de libertad el(la) imputado(a) en la causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito de manejo en estado de ebriedad, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley N° 18.290, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 15 de enero de 2024. ii.- Que se condena además al sentenciado a la pena accesoria de suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. Sin c

Fallo

se declara: i.- Que se condena a JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, a la pena de Código: XCXZXSCPXQQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado(a) de libertad el(la) imputado(a) en la causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito de manejo en estado de ebriedad, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley N° 18.290, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 15 de enero de 2024. ii.- Que se condena además al sentenciado a la pena accesoria de suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. Sin contar con abonos por este concepto. iii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al(a) sentenciado(a) se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto(a) a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 5 de la Ley No. 18.216 y las demás que el referido organismo le imparta. Que no existen abonos de t

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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Imputado : JORGE GABRIEL CAMPOS OPAZO, cédula de identidad N° 0012586825-8, con domicilio en Calle AMERICA Nº 1213, comuna de San Bernardo. Fiscal : Luis Fernando Olguín Defensor : Ingrid Kaempfe Vásquez, cédula de identidad N° 13.027.826-4 (

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