1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE CHILE/ASTUDILLO

Rol

C-836-2021

Fecha

2 de septiembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 12 de marzo de 2021, folio 1, comparece don Christian Marcel Detre Lobo, abogado, mandatario judicial de Socofin S.A., persona jur dica del giroí cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez poró ó su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199 4° Piso Of 41, Comuna de Valpara so, e interpone demanda ejecutiva en contra de í Alejandro Enrique Astudillo Hern ndezá , en calidad de deudor principal, ignora profesi n u oficio,ó con domicilio en Camino Internacional 5465 G4, comuna de Vi a del Mar,ñ solicitando ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraó por la cantidad de $24.547.302, por concepto de capital adeudado, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Con fecha 23 de julio de 2021, folio 37, el ejecutado de autos opuso la excepci n 7ó ª del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil respecto de laí ó deuda cuyo cobro se persigue en estos autos. Con fecha 03 de agosto de 2021, folio 43, el ejecutante evacu traslado aó la excepci n opuesta, solicitando su rechazo, con costas.ó Con fecha 04 de agosto de 2021, folio 44, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda ejecutiva. Con fecha 12 de marzo de 2021, folio 1, comparece don Christian Marcel Detre Lobo, abogado, mandatario judicial de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representanteí convencional del Banco de Chile, e interpone demanda ejecutiva en contra de Alejandro Enrique Astudillo Hern ndezá , todos ya individualizados, solicitando ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó cantidad de $24.547.302, por concepto de capital adeudado, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Explica que su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar que señ í é acompa a en un otros de esta presentaci n, suscrito en calidad de deudor principalñ í ó por don Alejandro Enrique Astudillo Hern ndez, ya individualizado, por un capitalá original de $41.205.682, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter sé mensual, que se se ala en el mismo documento.ñ Se ala que se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n señ ó ó pagar an en 36 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 35í cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $1.348.675, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 17 de mayo de 2019 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada. Y una cuota deá $1.348.662, que se pagar el 18 de abril de 2022.- Se hace presente que como seá estipul en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadas incluyeó é pago de capital e intereses. Indica que en el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor ené ó forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importe total deí las cuotas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez,ó en la proporci n que estime conveniente.ó Refiere que se pact que, el simple retardo y/o mora en el pago ntegro yó í oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile paraí exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como de plazo vencido, pudiendoá ó protestar y/o presentar a cobro este pagar .é Agrega que sin perjuicio de lo anterior, a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximoó í é á convencional que la ley permite estipular para operaciones de cr dito en monedaé nacional no reajustable, pero s lo si ste fuere superior al inter s que se encontrareó é é rigiendo para la obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo o mora, puesó en caso contrario se continuar a devengado este ltimo.í ú Se alar que el deudor s lo pag hasta la cuota N°16, inclusive, con loñ ó ó que amortiz el capital hasta por la cantidad de $16.658.380, a adiendo queó ñ habiendo dejado de pagar la cuota N°17, con vencimi

Fallo

se declara:ó - Que se rechaza la excepci n de falta de requisitos o condicionesó establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutivaí , 7ª del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada a loí ó principal del escrito de fecha 23 de julio de 2021, folio 37, debiendo seguirse adelante la ejecuci n hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. ó Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese si no se apelare.í ó í í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ En Vi a del Marñ , a dos de Septiembre de dos mil veintiuno, se dió cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-09-02T10:09:57-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 46 .- Cuarenta y seis .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-836-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ASTUDILLO Vi a del Marñ , dos de Septiembre de dos mil veintiuno Vistos: Con fecha 12 de marzo de 2021, folio 1, comparece don Christian Marcel Detre Lobo, abogado, mandatario judicial de Socofin S.A., persona jur dica del giroí cobranza a te

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