LAJARA/JOHANSEN PROPIEDADES SPA
Rol
O-4113-2021
Fecha
15 de septiembre de 2022
Materia
Comisiones, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Semana corrida
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que ha comparecido a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña BERTA LORETO LAJARA PAVEZ, gestora de personal, domiciliada en Av. Pedro Fontova N° 7788 departamento 71-C, comuna de Huechuraba, Santiago, quien interpone demanda en juicio del trabajo de conformidad al procedimiento de aplicación general por despido indebido, injustificado e improcedente, y cobro de prestaciones laborales, en contra de la empresa JOHANSEN PROPIEDADES SpA, persona jurídica del giro de su denominación, representada por doña BEATRIZ VALERIA JOHANSEN, ambos con domicilio en calle El Roble N°1790, casa 05, en la comuna de Huechuraba, Santiago, en atención a los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone: Dice que conoció a doña Valeria Johansen, propietaria y representante legal de la demandada, en el colegio en el cual asistían sus respectivas hijas, y fue a través de una amiga común que la invitó a trabajar con ella. Refiere que concurrió a la oficina de la empresa Johansen Propiedades SpA, que también su casa de doña Valeria Johansen, donde elaboraron un plan de acción para el levantamiento de la empresa con técnicas de venta y seguimiento a las ejecutivas comerciales en los recorridos diarios para captación y venta de propiedades, así como tips de atención al cliente, organización de las carpetas de las mencionadas ejecutivas, y especialmente un aumento sustancial en el número de captaciones, con el objeto de incrementar su stock de propiedades para ofertar. Señala que durante ese periodo le explicó que necesitaba un contrato de trabajo y los gastos de movilización (combustible) y almuerzos, ya que se encontraba sin trabajo y no podía costearlos, lo que ella aceptó sin inconvenientes, también le ofreció un contrato que nunca realizó. Aduce que el 23 de septiembre de 2020, comencé a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada en calidad de gestora, con una remuneración promedio de los últimos tres meses trabajados asciende a $917.853.- que corresponde a $408.125 (diciembre), $408.125 (enero) y $1.937.308 (febrero) suma que solicita sea considerada para los efectos de los artículos 162 inciso 4°, 172 inciso 2° y 168, todos del Código del Trabajo. Comenta que con fecha 02 de marzo de este año, recibió una llamada telefónica y posteriormente un mail de Gissel Spaolonzi quien le comunicó de manera verbal y luego por correo, sin expresión de causa legal, que estaba despedida, ya que no le había manifestado acerca de la modificación de las condiciones de su contrato, siendo en consecuencia, desvinculada ese mismo día. Por lo que expone y normas legales que invoca, pide se acoja su demanda y en definitiva se declare que: a) Entre Johansen Propiedades y la suscrita existió relación laboral desde el 23 de septiembre de 2020 hasta el 2.de marzo de 2021. b) Que, el despido de que fue objeto es nulo al no haberse enterado ninguna de las cotizaciones de seguridad social de que es beneficiaria, por parte de la demandada a la época de la terminación de mis servicios. c) Que ha sido objeto de un despido indebido, injustificado e improcedente, debiendo entenderse en consecuencia por mandato legal que su despido se ha producido por la causal prevista en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es necesidades de la empresa. d) Que su ex empleador debe pagarle las siguientes prestaciones e indemnizaciones que se demandan: e) Remuneraciones devengadas y adeudadas desde el 23 de septiembre de 2020 hasta el 02 de marzo de 2021, que se desglosan: a.- 08 días del mes de septiembre: $108.835.- b.- remuneración octubre: $ 408.125.- c.- remuneración noviembre: $408.125.- d.- remuneración d
Fallo
se declara: I.- Que, SE RECHAZA, la demandada deducida por doña BERTA LORETO LAJARA PAVEZ, en contra de JOHANSEN PROPIEDADES SpA, representada por doña BEATRIZ VALERIA JOHANSEN, en todas sus partes. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese por correo electrónico a las partes, y en su oportunidad archívese. RIT O-4113-2021. RUC: 21-4-0347455-7. Dictada por don RICARDO ANTONIO ARAYA PEREZ, Juez Titular, de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, a quince de septiembre de dos mil veintidós. VISTO: PRIMERO: Que ha comparecido a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña BERTA LORETO LAJARA PAVEZ, gestora de personal, domiciliada en Av. Pedro Fontova N° 7788 departamento 71-C, comuna de Huechuraba, Santiago, quien interpone demanda en juicio del trabajo de conformidad al procedimiento de aplicación general por de
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